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El Gobierno concede la nacionalidad española a la familia de Oswaldo Payá

El disidente cubano tenía la nacionalidad española desde abril de 2009 y deseaba que su familia también la adquiriera

Imagen de archivo del opositor cubano Oswaldo Payá Sardinas(EFE)

Imagen de archivo del opositor cubano Oswaldo Payá Sardinas

El Consejo de Ministros ha concedido este viernes la nacionalidad española a la esposa e hijos de Oswaldo Payá. Payá tenía la nacionalidad española desde el año 2009 y quería que su familia también la adquiriese. Justicia destaca que Payá fue una de las personalidades más destacadas en el ámbito de la defensa de los derechos y libertades fundamentales en Cuba.

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha concedido este viernes la nacionalidad española por carta de naturaleza a la viuda de Oswaldo Payá, Ofelia Acevedo Maura, y a dos de sus hijos, Rosa María y Oswaldo José Payá Acevedo.

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Oswaldo Payá falleció en accidente de tráfico el 22 de julio de 2012, en un siniestro por el que fue condenado a cuatro años de cárcel por homicidio imprudente el dirigente de Nuevas Generaciones Ángel Carromero, en libertad condicional tras ser trasladado a España para cumplir la pena.

El disidente cubano tenía la nacionalidad española desde abril de 2009 y deseaba que su familia también la adquiriera, y siempre mantuvo una especial y cercana relación con España, con la que se sentía unido por lazos familiares y afectivos.

Justicia destaca que Payá fue una de las personalidades más destacadas en el ámbito de la defensa de los derechos y libertades fundamentales en Cuba. El movimiento cívico de carácter pacífico a favor de cambios en la Constitución del país, denominado Proyecto Varela, le valió la concesión del Premio Sájarov del Parlamento Europeo en 2002.

La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente por real decreto cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales. Posteriormente, el solicitante debe jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes, renunciando a su anterior nacionalidad (salvo los naturales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal).

 
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