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El Supremo confirma la Parot a un etarra a tres días del fallo de Estrasburgo

El alto tribunal confirma la aplicación de la 'doctrina Parot' al etarra Juan María Gabirondo, pero rechaza aplicársela a Josu Ziganda

El Tribunal Supremo ha confirmado este viernes la aplicación de la 'doctrina Parot' al etarra Juan María Gabirondo, mientras que ha rechazado aplicársela a Josu Ziganda, en libertad desde el mes de mayo. A pocos días de la decisión definitiva de Estrasburgo, el Supremo reitera su jurisprudencia y alega que a Ziganda se le crearon unas "expectativas legítimas" que no existieron en el caso de Gabirondo.

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A pocos días de que la Gran Sala de Estrasburgo decida de forma definitiva si la conocida como 'doctrina Parot' es compatible o no con los derechos humanos, el Tribunal Supremo sigue aplicando este cálculo de liquidación de condenas como lo ha venido haciendo hasta la fecha. En dos sentencias hechas públicas este viernes, el alto tribunal aplica la 'doctrina Parot' al etarra Juan María Gabirondo Agote, que cumple pena por el secuestro del industrial Lucio Aguinagalde y la muerte de un jefe de la Ertzaintza, pero ha rechazado aplicársela al también etarra Josu Ziganda.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo expone en sus dos sentencias que sigue aplicando los mismos criterios que ha venido enarbolando hasta el momento, dos casos en los que la diferencia radica en las "expectativas legítimas" que la justicia generó en cada uno de ellos. Rechaza aplicar la 'doctrina Parot' a Josu Ziganda, avalando la decisión de la Audiencia Nacional, por entender que existe una propuesta firme de licenciamiento en la que no se le aplica la 'doctrina Parot', por lo que se generó una "expectativa legítima" sobre su excarcelación que no se puede obviar sin vulnerar sus derechos constitucionales. Caso distinto al de Gabirondo, a quien sí le aplica la doctrina por entender que no tiene una resolución anterior "firme e intangible" y que por tanto se descarta que el penado "tenga una legítima expectativa concreta de alcanzar su libertad en un momento determinado".

Ziganda quedó en libertad el pasado mes de mayo después de que la Audiencia Nacional, en una decisión avalada ahora por el Tribunal Supremo, rechazara aplicarle la 'doctrina Parot' después de cumplir 24 años de prisión. Condenado a 822 años de cárcel por su participación en nueve asesinatos, la Fiscalía de la Audiencia Nacional recurrió esta decisión para que se le aplicara la doctrina.

Juan María Gabirondo Agote, por su parte, no saldrá de prisión hasta 2016. Cumple condena por el secuestro del empresario Lucio Aguinagalde y la posterior muerte de un jefe de la Ertzaintza en el tiroteo ocurrido durante su liberación en 1986. Esperaba su excarcelación para 2008, y en su recurso su defensa alegó que su caso era muy similar al de la etarra Inés del Río, cuyo recurso presentado ante Estrasburgo es del que depende el futuro inmediato de la 'doctrina Parot'.

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