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SOCIEDAD | REFORMA DE LA LEY DE TRÁFICO

Las claves de la nueva Ley de Tráfico

Resumimos los ocho cambios más importantes de la reforma del Gobierno

Cartel de advertencia de velocidad en una autovíaEFE

Por primera vez la ley prevé la posibilidad de limitar la circulación a determinados vehículos por motivos medioambientales. Los ciclistas menores de 16 años tendrán que llevar casco circulen por donde circulen. Los peatones podrán ser obligados a realizar la prueba de alcoholemia si están implicados en un accidente. Se prohíbe el uso de detectores de radar. Se podrá inmovilizar un vehículo si no se hace uso del sistema de retención infantil... Todo esto, en vigor dentro de un mes.

> La ley recoge, por primera vez, la posibilidad de restringir la circulación a determinados vehículos por motivos medioambientales

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Esta medida, recogida de forma general en la Ley, necesita de un desarrollo reglamentario posterior, que va a involucrar a varias Administraciones Públicas, ya que las competencias de circulación de las vías urbanas corresponde a los municipios, y la de las vías interurbanas y travesías a la Dirección General de Tráfico, al Servei Catalá de Transit y a la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco.

El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente será el encargado de elaborar este reglamento. Es en el Plan AIRE donde se prevé la creación de un marco normativo estatal para la implantación de zonas de bajas emisiones.

> Se podrá inmovilizar un vehículo si no se dispone del dispositivo de retención infantil

Los menores que midan menos de 1,35 metros no podrán viajar en los asientos delanteros si hay sitio en los traseros. Los agentes tendrán la posibilidad de inmovilizar el vehículo en el que viaje un menor si no se dispone del dispositivo de retención infantil adecuado e imponer una sanción de 200 euros. En los taxis, se aplicará la misma regla, pero su incumplimiento es responsabilidad del tutor del menor y no del taxista.

> Los ciclistas menores de 16 años deberán utilizar siempre el casco independientemente de la vía por la que circulen.

El nuevo texto hace referencia a la obligatoriedad del uso del casco para ciclistas y ocupantes de bicicletas en vías interurbanas, tal y como ya estaba establecido e introduce como novedad que los menores de 16 años siempre deben ir protegidos con el casco, independientemente de la vía por la que circulen.

Una niña conduce una bici por la calle

> Se prohíben los detectores de radar, no los avisadores que exclusivamente informan de la ubicación de los radares

Pese a que ya estaba recogido de forma muy ambigua en la Ley, el nuevo texto prohíbe expresamente el uso de los detectores de radar, aquellos aparatos que interfieren con el sistema radar, no así los que exclusivamente informan de la ubicación de los mimos.

El quebrantamiento de esta prohibición está tipificado como infracción grave lo que supone una sanción de 200 euros y la detracción de 3 puntos.

> Se eleva a 1.000 euros la sanción por conducir con presencia de drogas en el organismo y de alcohol cuando se duplique la tasa permitida o en caso de reincidencia

Conducir con presencia de droga en el organismo o con una tasa de alcohol superior a la establecida, será sancionado con una multa de 1.000 euros si el conductor ya hubiera sido multado por el mismo motivo el año anterior o si la tasa de alcohol supera el doble de la permitida. Además todos los conductores están obligados a someterse a estas pruebas, si lo requiere un agente, y también los peatones si están implicados en un accidente.

> En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo

Hasta ahora los responsables eran los dueños del terreno o los titulares de la vía. A partir de ahora, con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo. Sólo cuando el atropello del animal sea consecuencia directa de una acción de caza, el responsable será el propietario del terreno, y si es por la falta de reparación del vallado o de la señalización, el responsable será el titular de esa vía donde se ha producido el atropello.

> Más tiempo para pagar o recurrir las multas

Se amplia de 15 a 20 días el plazo para realizar el pago voluntario de un multa o formular alegaciones. Si pagamos en ese plazo la reducción del importe es del 50% pero eso implica que renunciamos a presentar recurso.

> Los 130 kilómetros por hora

La ley contempla en la nueva tabla de límites de velocidad los 130 kilómetros por hora pero habrá que esperar al nuevo Reglamento de Circulación, que se aprobará antes del verano, para saber cuándo, dónde y en qué condiciones se permitirá conducir a esa velocidad.

 
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