El Supremo consulta a Europa si la ley de extranjería encaja con el Tratado
Pregunta al Tribunal Europeo si la prohibición de conceder la nacionalidad cuando hay antecedentes penales encaja con el derecho a la libre circulación
La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo ha elevado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Los magistrados preguntan si la ley de extranjería encaja con el tratado europeo cuando prohíbe conceder el permiso de residencia a aquellas personas que tienen antecedentes penales en nuestro país.
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Alfredo tiene la guarda y custodia de sus dos hijos porque la madre está en paradero desconocido. Los niños, según el Tribunal Supremo, "están adecuadamente escolarizados y atendidos". Uno de ellos es de nacionalidad polaca y el otro de nacionalidad española. Los tres residen en nuestro país pero Alfredo no tiene el permiso de residencia.
La Administración se lo ha denegado, atendiendo a la ley de extranjería, porque tiene antecedentes penales. Una condena de nueve meses por violencia doméstica y lesiones que fue suspendida provisionalmente y ahora está pendiente de que se cancelen esos antecedentes. La negativa a concederle la residencia conlleva, dicen los magistrados, "la salida forzosa del territorio nacional del menor dependiente que se verá privado de su derecho a residir en un Estado miembro de la Unión"
El auto que el Alto Tribunal eleva al Tribunal de Justicia de la Unión Europea se cuestiona si esta disposición de la ley de extranjería que prohíbe la concesión de la nacionalidad cuando se tienen antecedentes penales en España choca con la disposición del tratado que garantiza el derecho de los ciudadanos a la libre circulación.
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...