Una jueza decidirá si Elena Valenciano puede presentarse a las europeas
La magistrada que tramita una demanda civil contra las listas del PSOE a las elecciones europeas tiene que decidir si las suspende de forma cautelar tal y como piden los demandantes
La magistrada del juzgado de instrucción nº 53 de Madrid debe decidir si, como medida cautelar, suspende las listas que el Partido Socialista ha presentado a las elecciones europeas, en el marco de la demanda interpuesta por el colectivo Manos Limpias. La jueza está a la espera de recibir el escrito en el que el PSOE plantea una cuestión de competencia, que sí ha sido estimada por el juez que tramita una demanda idéntica contra las listas europeas del Partido Popular.
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Será una jueza de Madrid quien decida si las listas que el Partido Socialista presenta a las elecciones europeas de este fin de semana son legales. La magistrada titular del juzgado de instrucción nº 53 de Madrid ha recibido esta mañana a la representación del colectivo Manos Limpias y del Partido Socialista, en el marco de la demanda presentada por el pseudo sindicato contra la confección de las listas europeas socialistas "por no ser democráticas", y ahora tendrá que decidir si acepta las medidas cautelares propuestas por los demandantes: que se suspenda el acuerdo que determinó el nombramiento de los candidatos.
Según fuentes de la parte demandada, incluso una hipotética resolución favorable de la jueza a adoptar estas medidas cautelares no tendría ninguna influencia en las elecciones del fin de semana, ya que según explican eso es competencia de la Junta Central Electoral. Mientras tanto, otra demanda idéntica se tramita en otro juzgado de la capital, contra las listas del Partido Popular, que por ahora se ha declarado incompetente.
El careo judicial entre el PSOE y Manos Limpias ha tenido por primer protagonista los retrasos en los juzgados: la magistrada no ha recibido todavía el escrito en el que el Partido Socialista plantea precisamente una cuestión de competencia, como ha sucedido en el caso del PP, según la cual este asunto tendría que tramitarse por la vía contencioso-administrativa, y no por la vía civil. La magistrada no ha resuelto esta cuestión al no haber recibido el escrito, pero de hacerlo tendría que paralizar el proceso para consultar con la Fiscalía. "Si lo tuviera, hubiera suspendido automáticamente", ha dicho la jueza, aludiendo a la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Manos Limpias aporta el mismo poder que usó para querellarse contra Mas
Sobre las medidas cautelares solicitadas por el colectivo Manos Limpias, la anulación de las listas, la representación legal del Partido Socialista se ha mostrado contraria: ha reforzado el argumento de la incompetencia del juzgado, ha razonado que el pseudo sindicato "no está legitimado" para ejercer esta acción judicial, y además también ha alegado que el poder de pleitos que han presentado para este procedimiento es el que presentaron para querellarse contra el President de la Generalitat, Artur Mas.
En cuanto a las candidaturas europeas, la representación del PSOE entiende que sus listas "han sido elaboradas y aprobadas por los órganos reglamentarios, a través de métodos democráticos y validado en el registro de partidos", señalando además que estas medidas cautelares serían desproporcionadas "por el efecto que tendría en la vida política española". A este respecto, el PSOE ha presentado dos documentos: la certificación del Ministerio de Trabajo que prueba que Manos Limpias no ostenta representación significativa suficiente como sindicato, y también los acuerdos firmados por los órganos del PSOE para proclamar la candidatura europea conforme a los estatutos del partido.
Por su parte, la representación legal de los demandantes ha pedido que se tomen estas medidas cautelares solicitadas, "ya que las elecciones se celebran este fin de semana y requiere diligencia".
Las listas del PP, en otro juzgado
El juzgado de instrucción nº 21 de Madrid tramita, por su parte, la misma demanda que Manos Limpias presentó contra las listas europeas del Partido Popular, lideradas por Miguel Arias Cañete. En este caso, el juez civil ya ha tomado una decisión, considerando que no es competente para estudiar este asunto, sino que la demanda debe ser tramitada por la jurisdicción contencioso-administrativa, dando traslado al Fiscal antes de tomar una decisión definitiva: "Se considera esta jurisdicción incompetente para tramitar la demanda, dándose traslado al Ministerio Fiscal y a la actora por 10 días para que aleguen lo procedente".
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