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El tribunal y el fiscal apoyaron el indulto del Guardia Civil que grabó los abusos sexuales

Los informes valoraron que la víctima tampoco se opuso a la medida de gracia

El mismo tribunal que lo condenó defendió el indulto en un informe al que ha tenido acceso la Cadena Ser. En el documento tiene en cuenta que Manuel Arbesú González carece de antecedentes penales, que satisfizo la responsabilidad civil y que ni el Ministerio Fiscal ni la acusación particular se opusieron al indulto.

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La Fiscalía justifica su postura favorable al indulto en que el caso cumplía con los requisitos, en que el penado satisfizo la indemnización a la que fue condenado y en que no tenía antecedentes penales. Fuentes del Ministerio Fiscal señalan a la Ser que se tuvo en cuenta también el hecho de que el agente mostró arrepentimiento y que la víctima de los abusos sexuales no se opuso a que el Gobierno le concediera la medida de gracia.

Son prácticamente los mismos argumentos que utiliza la sección octava de la Audiencia Provincial de Gijón para apoyar asimismo el indulto. Es el mismo tribunal que en febrero de 2013 condenó a Manuel Arbesú González a seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo publico por omisión del deber de perseguir delitos. En los informes favorables al indulto se valoró la circunstancia de que esta sentencia suponía la expulsión del Cuerpo y que la petición contó, segun fuentes de la Fiscaía, con apoyos de numerosos agentes y mandos de la Guardia Civil a "título particular".

Manuel Arbesú González es hijo de un concejal del PP del ayuntamiento de Lena, en Asturias y también secretario general del partido en esta localidad. Su padre puso incluso en marcha una recogida de firmas para que el Gobierno le concediera la medida de gracia. Una decisión que se tomó en el Consejo de Ministros del 30 de mayo y que se publicó el sábado en el BOE. El Guardia Civil fue condenado a seis meses de inhabilitación de empleo o cargo público por omisión de deber de perseguir delitos. Grabó con el móvil los abusos sexuales y tocamientos que realizó un amigo suyo a una mujer que iba sentada al lado en un tren de Gijon. Y el agente, lejos de frenar la agresión, se reía y se mofaba de los hechos mientras los grababa. Ahora el Gobierno le ha conmutado la pena por una multa de 540 euros.

Las asociaciones de mujeres y el PSOE han pedido ya a GALLARDON que anule el indulto al considerarlo "una vergüenza y un ataque a la dignidad de las mujeres". La portavoz de la Izquierda Plural, Laia Ortiz, ha pedido además la comparecencia en el Congreso del ministro Gallardón para que explique este indulto que califica de "escandaloso" y que en su opinión "ejemplifica una forma de gobernar basada en el favoritismo".

El Tribunal Supremo rechazó el recurso de casación que presentó Manuel Arbesu y confirmó la sentencia condenatoria y todos sus argumentos sobre unos hechos ocurridos en un tren de la estación de Gijón. Comenzaron con el amigo de Manuel Arbesú dirigiéndose "con inequívoca intencionalidad sexual" a la víctima con las siguientes palabras, según la sentencia: "Sabes tía, me das morbo, métotela por el culo y sácotela por la boca, no la viste más dura en tu vida, póngote mirando a Cuenca", expresión esta última que repitió y le metió la mano entre las piernas tocándole la zona del pubis por encima del pantalón, con el rechazo de Guadalupe que intentaba evitarlo abandonando el lugar en el que se encontraba y cuando se levantó para alejarse Javier la tocó por la entrepierna".

El fallo añade: "a) Que Manuel Arbesú González era agente de la Guardia Civil en activo en el momento de ocurrir los hechos no ha sido cuestionado; b) Que estaba presente y no incapacitado para oír y ver lo que Javier dijo e hizo a Guadalupe en el tren ha sido acreditado por las imágenes grabadas por la cámara del vagón en que tuvieron lugar los hechos -visionadas en el acto del juicio- en las que se aprecia que Manuel estaba sentado enfrente, y a muy corta distancia, de Javier y Guadalupe y que permaneció mirando hacia ellos y riéndose durante todo el tiempo que duró el suceso; por el sonido de la grabación realizada por el propio Mario con su móvil, que fue reproducida en el plenario; por el testimonio de Guadalupe , que en un momento de su declaración en el juicio oral dijo -refiriéndose a Manuel - el alto tuvo que oír y ver lo que hacía el otro, "por supuestísimo" ; c) Que Manuel no hizo nada para impedir la conducta de Javier resulta probado por las imágenes visionadas en el plenario y por el testimonio de Guadalupe , la cual sostuvo a lo largo de todo el procedimiento que Manuel no hizo nada, que sólo se reía ("... el individuo que acompañaba al que realizó los tocamientos reía constantemente el comportamiento de su colega alentando al mismo", folio 5; "... que él sólo se reía... si en algún momento le dijo algo al chico bajo para que depusiera su actitud... que cuando lo de la abuela le dijo algo e hizo un gesto de reprobación... Preguntada si cuando se produjeron los tocamientos el alto dijo algo o trató de impedirlos dice que no...", folio 69; en el plenario volvió a decir que el alto no hacía, se reía y que sólo habló cuando el pequeño le dijo lo de "aunque fueras mi abuela te ponía mirando pa'Cuenca", que entonces dijo ... va chaval ¿"tu güela"?); d) Que Manuel Arbesú omitió intencionadamente la persecución del delito se deduce de su conducta, pues no sólo no impidió a Javier que ofendiera sexualmente de palabra y obra a Guadalupe sino que rió en todo momento su actuación y la grabó en su móvil (ignoramos con qué intención), siendo tan obviamente transgresora la conducta de Javier Lastra para cualquier persona -aunque no fuera funcionario obligado a perseguir delitos- que motivó la intervención de un ciudadano que viajaba en el tren, el cual a consecuencia de ello fue agredido porel cual a consecuencia de ello fue agredido por Javier, y siendo Manuel tan consciente de su ilícito proceder que por dos veces huyó de los agentes de la autoridad comisionados para la investigación de lo sucedido".

 
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