Sociedad
EL PROCESO SOBERANISTA EN CATALUÑA

El camino de la Ley de Consultas

El Parlament ha aprobado este viernes la ley que permite convocar la consulta. El Gobierno tiene todo listo para impugnarla y el Constitucional, a la espera

El presidente de la Generalitat, Artur Mas, aplaude rodeado de varios miembros de su gobierno, tras la aprobación, en el pleno del Parlamente de Cataluña, de una resolución pactada por los cuatro partidos que promueven la consulta para impulsar la cita dEFE/Toni Garriga

El debate en el Parlament ha comenzado a las 16.30 y menos de tres horas después se ha aprobado, con 106 votos a favor y 28 en contra, la Ley de Consultas, paso necesario para convocar la consulta del 9 de noviembre.

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Ya se han vivido varios momentos clave en el proceso catalán, pero, sin duda, este viernes ha sido uno de los más importantes. Sea casualidad, o sea la liturgia que ha buscado el bloque soberanista, los resultado de Escocia se han conocido horas antes de que el Parlament apruebe la ley con la que Artur Mas va a convocar la consulta del 9 de Noviembre. El texto ha salido adelante con un apoyo masivo de la cámara, con 106 votos a favor (entre los que se suma el PSC, que está en contra del 9 de noviembre, pero a favor de la ley) y sólo 28 en contra.

A la 13:00 horas, Artur Mas ha comparecido ante los medios en la Sala Gótica del Parlament, la de las grandes ocasiones, para analizar los resultados de Escocia. El president ha afirmado que el referéndum escocés es el "único camino" que hay para "resolver conflictos" porque, a su juicio, "votar une y no separa", y ha asegurado que el proceso soberanista catalán "continúa" y "se siente reforzado" tras la experiencia de Escocia. La Ley de Consultas ya aprobada no será efectiva hasta que se publique en el Boletín catalán ya firmada por el president.

La agenda del Gobierno

El Ejecutivo celebra este viernes el tradicional Consejo de Ministros, pero una vez que finalice no se van a ir muy lejos de la Moncloa. Todo el Gobierno está de guardia este fin de semana, por si acaso tiene que reunirse en la Moncloa en un consejo de ministros extraordinario.

Todo depende de Artur Mas. Si publica la ley de consultas el sábado en el Boletín, el Consejo de Ministros extraordinario puede celebrarse el mismo sábado. Pero si se sigue el procedimiento legislativo habitual en Cataluña y se publica el lunes, el Consejo de Ministros extraordinario tendría que esperar y podría ser ese lunes. "Está todo abierto", decían en el Palacio de la Moncloa.

Los pasos, sean cuando sean, están muy pautados. El Gobierno tiene previsto recurrir la ley de consultas y también el decreto de convocatoria de referéndum si Mas emite ese decreto antes de que al Tribunal Constitucional le dé tiempo a suspender la Ley de Consultas.

Para que el Gobierno pueda presentar esos recursos hace falta un Consejo de Ministros, lo previsto es que sea uno extraordinario inmediatamente. Ese Consejo pedirá los informes necesarios a la Abogacía del Estado y al Consejo de Estado, que también tiene que reunirse, posiblemente el lunes. A continuación, ya con los informes, el Gobierno presentará el recurso ante el Tribunal Constitucional. Si se siguen los planes más racionales, lo enviarán el mismo lunes para que la solicitud de suspensión de la ley de consultas catalana esté sobre la mesa del TC, que se reúne el martes.

Si se superan esos plazos y todo se retrasa, Rajoy se tiene que marchar a China el martes porque el miércoles tiene una reunión en Shanghai. Si se tuviera que ir antes de que Mas haya publicado la ley, sería la vicepresidenta, en ese momento, presidenta en funciones, la que convocaría el Consejo de Ministros y pondría en marcha la maquinaria para presentar el recurso ante el Constitucional

La reacción del Constitucional

Una vez impugnada la ley de consultas tras ese Consejo de Ministros extraordinario y registrado el recurso en el Constitucional, el pleno del martes 23 podría debatirlo como primer punto del orden del día y ordenar la suspensión por cinco meses.

El Constitucional no entra para nada en el fondo del asunto sino que solo observa que el recurso cumpla con los requisitos formales, es decir, que vaya acompañado de los informes preceptivos, como el del Consejo de Estado o el escrito del Abogado del Estado y, automáticamente se admite a trámite y tiene efectos suspensivos.

Esa misma mañana, la resolución será notificada y, aunque no esté publicada en el BOE hasta el día siguiente, surte efectos jurídicos. Es decir, es ya de obligado cumplimiento. La suspensión cautelar es por cinco meses y el tribunal puede prorrogar ese plazo de forma indefinida o resolver el fondo del asunto cuando quiera En la providencia por la que el tribunal deje en suspenso la ley de Consultas, los magistrados recabarán también la opinión de la fiscalía, del Gobierno y de la Generalitat.

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