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Tribunales | Actualidad
Libertad expresión

Condenado un rapero menor de edad por ensalzar a los GRAPO en sus canciones

La Audiencia Nacional declara firme la condena de un año de tareas socioeducativas a uno de los raperos de 'La Insurgencia'

Los jueces citan como jurisprudencia una condena por quemar fotos del Rey posteriormente cuestionada por el TEDH

Fachada de la Audiencia Nacional / EFE

Fachada de la Audiencia Nacional

Madrid

La Audiencia Nacional ha confirmado y declarado firme la condena de un rapero menor edad, miembro del colectivo conocido como 'La Insurgencia', por ensalzar las acciones terroristas de los GRAPO en las letras de sus canciones. Los jueces de la sala de lo penal confirman el año de tareas socioeducativas que le impuso el juzgado de menores citando, entre otras, la condena dos hombres por quemar una foto del Rey Juan Carlos I, posteriormente criticada por la Justicia europea.

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Este rapero ibicenco conocido artísticamente como 'Siker' difundía sus canciones a través de plataformas como YouTube formando parte del colectivo de raperos llamado 'La Insurgencia', cuyos miembros mayores de edad están pendientes de sentencia firme del Tribunal Supremo tras ser condenados a seis meses de cárcel por sus letras.

El joven se sentó en el banquillo del juzgado central de menores de la Audiencia Nacional por frases como "si nos toca ir a juicio es lo que tiene, ni zorras ni drogas, matad al presidente", frases a favor de la libertad de presos de los GRAPO, calificando a sus miembros de "hombres sabios" y "respeto eterno a quien tiene el orgullo y valentía de disparar", entre otras canciones.

La sección tercera de lo penal, con la magistrada Ana María Rubio como ponente, ha decidido confirmar y declarar firme la condena que le impuso el juzgado el pasado mes de noviembre: un año de tareas socioeducativas "que favorezcan una reflexión real de las consecuencias de sus actos".

Fotos del Rey

La sentencia de la Audiencia Nacional es contundente al considerar las letras de algunas de sus canciones como un delito de enaltecimiento del terrorismo: sus letras "tienen un contenido laudatorio" del GRAPO y sus acciones violentas "justificándolas e incitando a su reiteración y humillando a sus víctimas". Los jueces califican de "absurdas" las explicaciones del joven durante el plenario y añaden que "tenía otras opciones para expresar sus sentimientos e ideas a través de expresiones que no incitaran a la violencia y la justificaran".

Los raperos de 'La Insurgencia' durante el juicio

Los raperos de 'La Insurgencia' durante el juicio / Luca Piergiovanni

Los raperos de 'La Insurgencia' durante el juicio

Los raperos de 'La Insurgencia' durante el juicio / Luca Piergiovanni

A la hora de explicar por qué sus expresiones no están amparadas por la libertad de expresión, los jueces de la Audiencia Nacional citan dos sentencias del Tribunal Constitucional: la que en 2016 confirmó la condena de Tasio Erkizia por hacer un homenaje al etarra asesinado Jose Miguel Beñaran Ordeñana, alias ‘Argala’, y la que un año antes confirmó una condena de quince meses de cárcel por injurias a la corona a dos hombres que quemaron fotos del Rey en Girona en 2007. Una sentencia, ésta última, considerada una "injerencia en la libertad de expresión" por el TEDH de Estrasburgo recientemente al condenar a España por penar con cárcel este acto.

 
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