Las residencias deben separar a los mayores en cuatro grupos según síntomas y contactos con el virus
Según una orden que publica este sábado el Boletín Oficial del Estado (BOE)
Madrid
Las residencias de personas mayores y centros socio-sanitarios deberán separar a sus residentes en cuatro grupos: sin síntomas y sin contacto estrecho con caso posible o confirmado de coronavirus; residentes sin síntomas, en aislamiento preventivo; residentes con síntomas; y casos confirmados. Así lo pone de manifiesto la Orden SND/265/2020, de adopción de medidas relativas a las residencias de personas mayores y centros socio-sanitarios, publicada este sábado 21 de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Más información
Las residencias deberán realizar esta clasificación en cada centro con carácter urgente "y a más tardar en el plazo de un día" desde que ha sido publicada esta orden. La publicación señala que la propagación del coronavirus entre personas vulnerables que viven en residencias de mayores "se está observando en los últimos días", por lo que es necesario avanzar en la adopción de medidas organizativas y de coordinación, "orientadas a reducir el riesgo de contagio así como a tratar de la forma más adecuada a las personas que sufran esta enfermedad".
Entre las medidas relativas a todo el personal, sanitario y no sanitario, la orden destaca que todos los trabajadores que por razón de su actividad profesional tengan contacto directo con los residentes deben seguir las medidas de protección recomendadas por el Ministerio de Sanidad, según al nivel de riesgo al que están expuestos.
Trabajadores asignados a cada grupo
Además, se debe reducir al mínimo el número de trabajadores en contacto directo con un residente afectado por un caso posible o positivo, así como el tiempo de su exposición. De este modo, los trabajadores deben ser asignados a cada uno de los cuatro grupos de residentes. La orden también obliga a las residencias a adoptar "medidas extremas de limpieza" con desinfectantes recomendados por la autoridad sanitaria en todo el centro.
Sobre los profesionales sanitarios, destaca que la autoridad sanitaria de la comunidad autónoma podrá modificar la prestación de servicios del personal médico, de enfermería u otro tipo de personal sanitario vinculado con las residencias, con independencia de su titularidad pública o privada. "Si el personal sanitario médico, de enfermería u de otro tipo, ha tenido contacto estrecho con un caso posible o confirmado de COVID-19 y no presenta síntomas, seguirá realizando su actividad normal así como la vigilancia de síntomas", señala el documento publicado en el BOE.
Igualmente, establece que, con carácter general, y siempre que exista disponibilidad, deberá realizarse la prueba diagnóstica de confirmación a los casos que presenten síntomas de infección respiratoria aguda para confirmar posible infección por coronavirus. Para ello, el personal de la residencia deberá ponerse en contacto con el centro de Atención Primaria asignado, que actuará de forma coordinada con el médico de la residencia si se cuenta con este recurso.