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Coronavirus Covid-19

Los menores de 14 años ya pueden salir tras 43 días de confinamiento: consejos para pasear sin riesgo

Los paseos se podrán realizar de 9.00 a 21.00 horas, aunque se recomienda evitar las horas punta, acompañados de un adulto responsable y cumpliendo todas las medidas higiénicas

Los niños y las niñas con discapacidad podrán circular por la calle con la frecuencia que se estime médicamente aconsejable

En entornos rurales, podrán salir por el campo o el bosque respetando la distancia de seguridad entre personas

Los niños y las niñas menores de 14 años ya pueden salir a pasear durante una hora al día. / Gobierno de España

Madrid

En España residen 5,8 millones de menores de entre 0 y 13 años, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), un 13,1% de toda la población. Desde este domingo 26 de abril, podrán aliviar su confinamiento dando un paseo al día durante no más de una hora, en un radio de un kilómetro de su domicilio.

Un adulto que conviva con ellos, que podrá ser también un empleado de hogar con autorización, podrá acompañar a un máximo de 3 niños. Los paseos se podrán realizar de 9.00 a 21.00 horas, aunque se recomienda evitar las horas punta, y son compatibles con los ya autorizados para menores con necesidades especiales y familias monoparentales.

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Los niños y las niñas con discapacidad, que tengan alteraciones en su conducta, como por ejemplo los trastornos del espectro autista y conductas disruptivas, en las que el confinamiento pueda agravar la situación, podrán circular por la calle con la frecuencia que se estime médicamente aconsejable, siempre y cuando se respeten las medidas necesarias para evitar el contagio.

Eso sí, no podrán dar paseos aquellos menores que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o se encuentren en periodo de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de COVID-19. Así lo especifica la orden del Ministerio de Sanidad publicada el pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y complementada por una guía redactada junto por la Vicepresidencia de Derechos Sociales y para la Agenda 2030.

Finalmente, el Ejecutivo ha decidido dejar fuera de estos paseos a los niños y las niñas de 14 años, un total de 445.305 menores, que no podrán disfrutar de estos paseos, aunque sí realizar las actividades esenciales que ya se permitían a los adultos durante el estado de alarma, es decir, salir a hacer cualquier recado esencial.

Distancia de dos metros

Durante los paseos, los menores de 0 a 13 años deberán mantener una distancia interpersonal con terceras personas de al menos dos metros. Asimismo, deberá cumplirse con las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.

Así, se exige en todo momento mantener dicha distancia interpersonal de seguridad, lavarse con mucha frecuencia las manos y mantener una higiene estricta tanto en espacios públicos como privados. Sobre el uso de mascarillas, aunque "no es obligatorio" que los niños la lleven, sí "recomendable" en caso de que vayan a estar en algún lugar concurrido.

Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respete el límite máximo de un kilómetro con respecto al domicilio del menor. No estará permitido, sin embargo, el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas.

En cuanto al adulto responsable, se entenderá como aquella persona mayor de edad que conviva en el mismo domicilio con el niño o niña actualmente, o se trate de un empleado de hogar a cargo del menor. Cuando el adulto responsable sea una persona diferente de los progenitores, tutores, curadores, acogedores o guardadores legales o de hecho, deberá contar con una autorización previa de estos.

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Salir con el libro de familia

La Asociación Española de Abogados de Familia han aconsejado a los padres y madres que salgan a la calle con sus hijos durante el estado de alarma que lleven el libro de familia, además del documento oficial de identidad propio y el de los menores (si lo tienen).

El adulto será el responsable de garantizar que se cumplen durante la realización del paseo diario los requisitos para evitar el contagio. Tanto el Gobierno como la Guardia Civil han apelado a la responsabilidad de los padres para que se cumplan las medidas requeridas durante estos paseos.

Correr, saltar y jugar a la pelota

Aunque la orden ministerial no lo especifica, en la comparecencia del pasado jueves del ministro de Sanidad, Salvador Illa, y el vicepresidente de Derechos Sociales, Pablo Iglesias, se aclaró también que los menores podrán llevar sus juguetes durante el paseo, como pelotas o patinetes, y podrán "correr, saltar y hacer ejercicio" siempre que se respeten las condiciones de distancia social.

En el caso de los niños de entornos rurales, según se precisó entonces, podrán salir por el campo o el bosque respetando la distancia con otras personas, aunque tampoco se especifica en la orden.

Zonas comunes de vecinos

En cuanto a las zonas comunes de comunidades de vecinos, que tampoco aparecen en la instrucción publicada el sábado pese a la petición de los administradores de fincas, se habló de que podrán usarlas también estos menores, pero sin coincidir con otros niños en las zonas de juego de estas urbanizaciones, sin estar más de una hora y siempre acompañados de un adulto, es decir, respetando las mismas medidas que las establecidas para los paseos por la calle.

Por su parte, tras la publicación de la orden, los Administradores de Fincas interpretan que no se ha autorizado la apertura de ningún espacio comunitario, por lo que "deben permanecer cerrados todos los espacios y elementos comunes que actualmente no pueden utilizarse", una decisión que consideran "acertada".

Por otro lado, el Instituto Geográfico Nacional ha dispuesto de una aplicación a disposición de los ciudadanos para visualizar el radio de 1 kilómetro por el que los menores podrán pasear durante 1 hora. El Gobierno ha precisado en este sentido que la aplicación tiene carácter informativo y no se pretende con ella ningún tipo de control.

Guía de buenas prácticas

La Guía de buenas prácticas presentada añade algunos aspectos novedosos como que los abuelos que conviven con menores de 14 años pueden ser los encargados de llevarles de paseo, aunque "no es recomendable". También especifica que no se puede visitar a los abuelos que viven en otro domicilio, ni a familiares o amigos.

En la misma línea, tampoco se puede quedar con amigos, ni realizar actividades deportivas grupales y sólo ocasionalmente se podrá hablar con terceros, pero siempre manteniendo la distancia de aproximadamente dos metros, en una comunicación breve. De igual modo, no se puede usar el coche en los paseos.

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Sobre las medidas de protección, esta guía especifica que no hace falta usar guantes y solo recomienda la mascarilla en menores a partir de 3 años para lugares concurridos. También recomienda pasear en las horas de sol y evitar horas punta y lugares concurridos. Además, propone practicar antes en casa todas las medidas preventivas a modo de juego: no hay que tocarse los ojos, nariz y boca y al toser o estornudar, por ejemplo, deben taparse con el codo flexionado. Asimismo, recuerda que se trata de salidas voluntarias y no hay que obligar al menor a hacerlas.

Por otro lado, la Organización Mundial de la Salud ha preparado un cuento infantil pensando para ayudar especialmente a niños de entre 6 y 11 años a afrontar la pandemia, que puede descargarse en la web oficial de este organismo (who.int/es).

Al volver a casa, el Consejo de Enfermería recomienda dejar los zapatos y los juguetes que se hayan llevado a la calle en una caja y limpiarlos. Asimismo, lavarse bien las manos y si es el caso, depositar las mascarillas usadas en el cubo de la basura si estas no son reutilizables.

Centros de menores y familias numerosas

Por otro lado, el Gobierno ha habilitado a las comunidades autónomas, respetando en todo caso lo regulado en la orden ministerial, a adoptar las medidas necesarias para adecuar la aplicación de lo dispuesto en la misma en relación con los niños y niñas que residan en centros de protección de menores, centros habitacionales sociales de apoyo para personas con discapacidad u otros servicios residenciales análogos.

Estos centros de menores tutelados, al igual que las familias numerosas, han reclamado poder salir a dar paseos con más de tres niños por entender que no pueden aplicar la medida tal y como está articulada.

Actividades esenciales

Además, desde este domingo los menores de 14 años pueden acompañar a un adulto responsable de su cuidado cuando este realice alguna o algunas de las actividades permitidas, como ir al supermercado, a la farmacia o al banco, tal y como recoge la prórroga del Estado de Alarma.

El Gobierno ha entendido razonable establecer el umbral e edad de menores de 14 años porque a partir de los 14 años el grado de autonomía del menor le permite prescindir del acompañamiento de un adulto en esos desplazamientos.

En la Guía publicada para los paseos, el Gobierno señala que aunque se permite que los menores de 14 años acompañen a sus padres al supermercado o al banco, se deben priorizar las salidas al aire libre. También recuerda que sí se pueden llevar a los menores en el coche en caso de que les acompañen a realizar las tareas permitidas (supermercado, banco, farmacia...) o para asistencia sanitaria.

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