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Coronavirus Covid-19

Control sanitario, termómetro y sospechosos al hospital: la nueva normalidad del turista en España

Todos los detalles de la orden publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado

Llegada de turistas y residentes al aeropuerto Pablo Ruiz Picasso de Málaga. / Álex Zea (EUROPA PRESS)

Llegada de turistas y residentes al aeropuerto Pablo Ruiz Picasso de Málaga.

Madrid

España realizará formularios de salud pública a los turistas antes de viajar al país para facilitar la localización de los contactos en caso de contagio y hará controles documentales, visuales y de temperatura a su llegada al país.

Según una orden publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), este tipo de formularios -basado en el Passenger Location Card- recoge información tal como la dirección de la estancia en España, antecedentes de viajes y cuestiones de carácter médico, relacionadas con la sintomatología del coronavirus.

Formulario electrónico antes de viajar a España

Más información

Este formulario, que deberá cumplimentarse vía electrónica antes de viajar a España, se convierte en un código QR que el viajero deberá presentar en los controles sanitarios a su llegada. Así, si se detecta que un viajero puede padecer COVID-19, se le realizará una evaluación médica.

Control de temperatura

La misma consistirá en la toma de temperatura mediante termómetros sin contacto o cámaras termográficas. En el caso de los viajes por vía marítima, este proceso podrá realizarse antes de la llegada a cualquier puerto español.

Traslados a un centro sanitario de los sospechosos

De confirmarse que el pasajero padece coronavirus tras la toma de temperatura y los controles previos, las autoridades sanitarias españolas activarán, según recoge la orden, los protocolos establecidos para derivarlo a un centro sanitario.

Previamente, los pasajeros sospechosos serán sometidos a una segunda evaluación sanitaria en la que se les volverá a tomar la temperatura y se evaluará su estado clínico y epidemiológico. No obstante, la orden recogida en el BOE no establece la necesidad de realizar tests de detección.

Obligaciones para las agencias de viajes

Todo este proceso obliga a las agencias de viaje, los operadores turísticos y las compañías de trasporte aéreo o marítimo y a cualquier otro agente que comercialice billetes aisladamente a informar a los pasajeros en el proceso de venta de los billetes con destino a España de la obligatoriedad de presentar el formulario de salud pública en el aeropuerto o puerto de destino.

Por el momento, se establece un periodo transitorio -hasta el 31 de julio de 2020- en el que los pasajeros internacionales que no hayan podido cumplimentar telemáticamente el formulario de salud pública lo podrán presentar a su llegada a España en formato papel.

 
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