El Supremo confirma un año de cárcel para los líderes de dos bandas de rock nazi por delito de odio
Confirma las condenas impuestas a los cantantes de Batallón de Castigo y Más Que Palabras y dos distribuidores de su merchandising
El Supremo explica que las letras nazis ni quedan amparadas por la libertad de expresión "dado ese sentido supremacista de desprecio y/o de hostilidad contra individuos de determinados grupos"
Madrid
El Tribunal Supremo ha decidido confirmar las condenas de un año de cárcel impuestas por delito de odio a los cantantes de los grupos de música nazi 'Batallón de Castigo' y 'Más que Palabras' por las letras racistas de sus canciones en un concierto en Sabadell en 2010. En su sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER, el Supremo explica que estos mensajes de contenido nazi no están amparados por la libertad de expresión por contener "expresiones supremacistas de desprecio contra individuos de determinados grupos, por el mero de formar parte de una colectividad que no se tolera".
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Los condenados son Eduardo Clavero, el líder del histórico grupo nazi 'Batallón de Castigo', Alberto Gonzalo, entonces cantante de 'Más que Palabras' y hoy al frente de 'Pugilato' y dos empresarios que distribuían material promocional de grupos de música RAC (Rock Against Communism). La investigación arrancó después de un concierto en la sala Kon-Fusión de Sabadell en la que ambos grupos cantaron canciones con letras violentas como "vuestros cuerpos penderán de árboles y farolas, vuestros hijos morirán antes de que puedan nacer" o contra los inmigrantes como "desembarcan en las playas, invadiendo nuestra sociedad, se deslizan como serpientes, ocupando tu espacio vital".
Unas doscientas personas acudieron a un concierto luciendo esvásticas, cruces gamadas, coreando a gritos 'Sieg Heil' y vendiendo lotería para apoyar económicamente a Josué Estébanez, ultraderechista condenado por asesinar al joven Carlos Palomino en Madrid en 2007. La investigación también abarcó dos empresas que, entre otras cosas, ejercían de discográficas de grupos de música nazi, distribuían su merchandising facturando casi dos millones y medio de euros entre 2007 y 2011.
La sala de lo penal del Tribunal Supremo acaba de confirmar las condenas que la Audiencia Provincial de Barcelona impuso tanto a los dos cantantes como a los gestores de estas empresas: un año de cárcel para cada uno y multas de 1.800 euros por un delito de odio. Está por ver si esta condena, inferior a dos años de prisión, implica la entrada en la cárcel de alguno de los cuatro condenados.
"Expresiones supremacistas"
La sentencia, a la que ha tenido acceso esta emisora y que ha tenido como ponente al magistrado Ángel Hurtado, confirma sus condenas explicando que el discurso nazi que ambos grupos transmiten en sus canciones y conciertos no están amparados ni por la libertad de expresión ni por la ideológica: "Llevan ínsitas expresiones supremacistas de desprecio y/o de hostilidad contra individuos de determinados grupos, por el mero de formar parte de una colectividad que no se tolera".
Las letras de estos dos grupos de música nazi española son, para el Tribunal Supremo, "una muestra de incitación al odio, la hostilidad, a la violencia, a la discriminación, etc., por razones de intolerancia con el otro", destacandoque su incitación al odio fue efectiva: "Esa provocación ha surtido efecto, como lo demuestran las frases que consiguen que emita el público que asiste a su concierto, como "Sieg Heil, Sieg Heil, Sieg Heil", o "Josué libertad", pidiendo la libertad de un individuo condenado a 26 años de prisión por un asesinato cometido por motivos ideológicos".
Batallón de Castigo es uno de los grupos más singficados de la música nazi española de las últimas tres décadas junto con bandas como Estirpe Imperial, Klan o División 250. Fue fundado a principios de la década de los noventa por internos de la cárcel madrileña de Alcalá: Eduardo Clavero, único miembro de la formación original, cumplía entonces condena por asesinar a Alejandro Arruñada de una puñalada en el corazón en el suburbano madrileño en abril de 1990.