El Supremo sentencia que la tasación en hipotecas anteriores a 2019 corre a cuenta del banco
La sala de lo civil establece que "los gastos de tasación" anteriores a la Ley de 2019 "incumben al banco y no al consumidor"
Par el Supremo "los consumidores tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales"
Madrid
El Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que los gastos de tasación en una hipoteca anterior a la Ley Hipotecaria de 2019 también corren a cargo del banco y no del cliente. De esta manera, según destaca la sala de lo civil, "los consumidores tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales".
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Los jueces han estudidado el caso de un hombre que llevó a Liberbank a los tribunales reclamando casi 3.600 euros por distintos gastos como la notaría, la tasación o la gestoría.
Los jueces le dan la razón y explican que desde la sentencia europea de julio sobre gastos hipotecarios, este tipo de pagos deben correr a cargo del banco. "Ante la falta de una norma nacional aplicable en defecto de pacto que impusiera al prestatario el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos, no cabía negar al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de la cláusula que se ha declarado abusiva". Sin embargo, si se puede aplicar la norma de 2019, "los gastos de tasación corresponderán al prestatario".
Con esta doctrina, destaca la sala de lo civil, "los consumidores tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales. Solo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, en el que las normas tributarias establecen que el principal sujeto pasivo es el prestatario, corre a cargo de los consumidores" en casos anteriores a la Ley de 2019.