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Caso Juana Rivas

El Supremo estudia la condena de cinco años de cárcel de Juana Rivas por ocultar a sus hijos

Los jueces de la sala de lo penal estudiarán en pleno la condena de la madre de Maracena por dos delitos de sustracción de menores

La Fiscalía ha camiado de criterio y ahora pide que su condena sea reducida a la mitad

El Supremo apenas ha dictado una sentencia sobre un caso de sustracción de menores en los últimos 20 años

Juana Rivas en una imagen de archivo / Jorge Guerrero (Getty Images)

Madrid

La sala de lo penal del Tribunal Supremo estudiará este miércoles en pleno y a puerta cerrada la condena de cinco años de cárcel impuesta a Juana Rivas, la vecina de la localidad granadina de Maracena que en 2097 retuvo en paradero desconocido durante más de un mes a sus dos hijos para no entregárselos a su padre, Francesco Arcuri, al que acusaba de maltrato. Los jueces decidieron llevar el caso a pleno para establecer si, en caso de ser condenada, debe serlo por dos delitos de sustracción de menores o por uno solo.

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Juana Rivas pasó un mes entero en paradero desconocido en el verano de 2017 para no entregar a sus dos hijos menores de edad a su padre, condenado por maltrato en 2009, alegando que eran víctimas de violencia por parte del hombre. Los niños fueron finalmente entregados y hace dos años la Audiencia de Granada confirmó la condena que le impuso un juzgado de lo penal: cinco años de prisión por dos delitos de sustracción de menores y una indemnización de 12.000 euros para Arcuri.

El caso ha llegado al Tribunal Supremo después de un giro de los acontecimientos. Juana Rivas ha pedido su absolución y la Fiscalía ha decidido apoyar parcialmente su recurso, considerando que es culpable pero que debe ser condenada por un único delito de sustracción de menores, y no con un delito por cada uno de los dos niños. En primera instancia el Ministerio Público pidió la condena de cinco años por dos delitos.

Fuentes del Tribunal Supremo aseguran a esta emisora que este asunto estará en el centro del debate: si debe ser absuelta o, en caso de ratificarse su culpabilidad, se le deben imponer uno o dos delitos de sustracción de menores. En las últimas décadas el Tribunal Supremo ha dictado muy pocas resoluciones sobre casos similares y los distintos tribunales territoriales no han aplicado un criterio uniforme, así que el caso de Rivas servirá para marcar el camino al resto de casos en caso de ser condenada en firme.

Tres niños en Siria, dos en Pamplona

Las bases de datos del Tribunal Supremo revelan que sólo ha dictado una sentencia condenatoria en un caso de sustracción de menores en las últimas tres décadas: el caso de un vecino de Pamplona que entre 2008 y 2009 hizo "todo lo posible a fin de alejar a sus hijos" de su exmujer. Entre otros muchos incumplimientos del régimen de visitas, un verano el hombre desapareció con sus dos hijos menores y el Supremo, en 2016 y con Juan Saavedra como ponente, terminó condenándole en firme a dos años de cárcel por un único delito de sustracción de menores a pesar de que eran dos niños.

Es el único caso sentenciado en firme por el Supremo, y optó entonces por confirmar lo que había dicho la Audiencia de Navarra: un delito para dos niños. Fue en 2017 cuando, a través de un auto que no entró en el fondo del asunto, ratificó la condena impuesta por los tribunales madrileños a un hombre que retuvo durante años a sus hijos en Siria: la Audiencia de Madrid sí le impuso entonces tres condenas por tres delitos de sustracción de menores, uno por niño. 

"Siendo tres los menores, y tratándose del bienestar familiar de cada uno de ellos el que quedó lesionado (...) es claro que tres víctimas diferentes dan lugar a tres conductas distintas aun cuando el acto materialmente se produzca a la vez", dijo esa sentencia de la Audiencia de Madrid de 2016 que tuvo como ponente a María Isabel Valldecabres.

 
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