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Sentencia Procés

El Supremo se opone a indultar a los presos del procés: "Se presenta como una solución inaceptable"

La Fiscalía se ha posicionado abiertamente en contra del indulto y la Abogacía del Estado se limitó a asegurar que habían saldado sus cuentas con las arcas públicas

El Supremo impuso condenas de hasta 13 años de cárcel a los condenados por el procés independentista catalán

Joaquim Forn, Raül Romeva y Oriol Junqueras durante el juicio al procés en el Tribunal Supremo / Pool-CGPJ

Madrid

El Tribunal Supremo ha emitido un informe en el que se posiciona en contra de indultar a los doce presos condenados por el procés independentista catalán. Los jueces explican que no hay motivos de justicia, equidad o utilidad pública para conceder un indulto total o parcial a alguno de los condenados por el procés independentista catalán. No existe, explica el Tribunal Supremo, "la más mínima prueba o el más débil indicio de arrepentimiento" por parte de los doce condenados para los que se ha pedido el indulto.

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Los jueces explican que las condenas que se les han impuesto, hasta trece años de cárcel en el caso de Oriol Junqueras, no son desproporcionadas, apuntando también a la falta de arrepentimiento por parte de los condenados y también asegurando que el hecho de que las peticiones de indulto sean de terceras personas "desenfoca" el sentido de la medida de gracia. Es contundente la sala de lo penal al afirmar que "el indulto se presenta como una solución inaceptable" en el caso de los presos del procés.

El Supremo explica que la sedición no es sin más un delito de orden público, que las condenas que les fueron impuestas no son desproporcionadas teniendo en cuenta que en algunos casos la sedición iba de la mano de la malversación de dinero público, y destaca que además es un delito castigado también en otros países. "Su carácter delictivo es incuestionable en todos los países de nuestro entorno", dice la sala citando las leyes de Alemania, Francia, Italia y Bélgica.

Además de los defectos que los jueces atribuyen a las peticiones de indulto que estudian, centran su negativa sobre todo en la ausencia de arrepentimiento de los condenados y sus declaraciones públicas asegurando que lo volveían a hacer. Son mensajes "bien expresivos de su voluntad de reincidir en el ataque a los pilares de la convivencia democrática", asegurando que las manifestaciones masivas que promovieron para impulsar el procés en la calle "ni fueron pacíficas ni fueron democráticas". "No puede ser democrático movilizar a una parte de la ciudadanía catalana como instrumento de presión", zanjan los jueces.

La Fiscalía, en contra

El informe del Tribunal Supremo llega después de recibir los informes de la Fiscalía y también de la Abogacía del Estado. En el caso del Ministerio Público, sus representantes se posicionaron abiertamente en contra de la medida de gracia llegando a afirmar en uno de sus informes que estos indultos no son "una moneda política de cambio en el campo de las negociaciones para la obtención de apoyos parlamentarios" o criticando que por parte de los condenados "no se ha asumido, interiorizado o aceptado el delito cometido ni la lesión del bien jurídico" lesionado.

La Abogacía del Estado emitió su informe a finales de marzo y decidió no pronunciarse ni a favor ni en contra, personada en la causa en representación del Ministerio de Hacienda por el dinero público comprometido por los acusados en el procés. Explicitó en su informe que no se pronunciaba por corresponder esta decisión al ejecutivo central, pero sí recordó que los condenados habían pagado y habían por tanto saldado su cuenta desde el punto de vista económico. El informe del Tribunal Supremo era preceptivo aunque no es vinculante de cara a la decisión final: el expediente completo del caso será enviado al Ministerio de Justicia y será el Consejo de Ministros el que tenga la última palabra.

Hasta trece años de cárcel

La sala de lo penal del Tribunal Supremo condenó a los doce líderes del procés independentista que se sentaron en el banquillo por el referéndum ilegal de 2017 y la posterior Declaración Unilateral de Independencia así como por todas las leyes de desconexión tramitadas a pesar de las advertencias del Tribunal Constitucional. La condena más alta, por sedición y malversación, fue de trece años de prisión para Oriol Junqueras, y las más bajas fueron de inhabilitación para los condenados sólo por desobediencia: Mertixell Borràs, Carles Mundó y Santi Vila.

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