Tribunales

Del Parlament al Tribunal Supremo

La causa que investiga el proceso independentista unilateral y la actualidad política catalana discurren en paralelo, con el juez Llarena decidiendo la situación procesal de algunos imputados fijándose, entre otras cosas, en el escenario político post-21D

Placa de una calle de Barcelona tapada durante la manifestación convocada por Sociedad Civil Catalana / Alberto Pozas

Madrid

Poco más de seiscientos kilómetros separan por carretera el Parc de la Ciutadella de Barcelona y el Parque Villa de París de Madrid, sedes respectivas del Parlament de Catalunya y el Tribunal Supremo. La política catalana después de las elecciones del 21 de diciembre y la investigación penal contra el procés independentista unilateral discurren en paralelo, con la premisa judicial de que los delitos investigados se cometieron, supuestamente, desde un puesto público. 

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El último vaso comunicante entre el proceso político y el proceso judicial ha quedado al descubierto esta misma semana: el juez Pablo Llarena, instructor de la causa, ha decidido mantener en prisión provisional sin fianza al exconseller de Interior, Joaquim Forn, ante el riesgo de que vuelva a delinquir. A que vuelva, en definitiva, a ocupar un cargo de responsabilidad en el Govern y utilizar a los Mossos d'Esquadra para conseguir la independencia pasando por encima de las prohibiciones judiciales. 

Un auto en el que el magistrado se hace eco de la situación política para reforzar la idea de que el contexto todavía invita a pensar en revueltas violentas y actuaciones institucionales para saltarse la Constitución. Para empezar, recuerda a Forn que los delitos que supuestamente cometió fueron perpetrados cuando era conseller de Interior y ese, asegura, es un puesto al que todavía puede acceder aunque se haya comprometido a no hacerlo. 

Los 'Jordis' en una de las manifestaciones del 20 de septiembre en Barcelona / Alejandro García

Para el juez Llarena, ahora mismo en Cataluña existe "un contexto político en el que no hay certeza de que haya desaparecido la intención de alcanzar la independencia de Cataluña, existiendo todavía sectores que defienden explícitamente que debe conseguirse de manera inmediata y perseverando en el mecanismo de secesión contrario a las normas penales que aquí se enjuicia."

Una postura que, además dice el juez, "es la que sostiene quien otorgó en su día la confianza al señor Forn para que fuera Consejero de Interior, y que encabezó la lista electoral en la que el investigado decidió integrarse hace escasas semanas", hablando sin citarle de Carles Puigdemont. El juez, por tanto, está atento a lo que promulgan desde el bloque soberanista del Parlament y también de lo que dice, desde su retiro en Bélgica, el expresident. 

Pancarta contra Puigdemont en la manifestación de Sociedad Civil Catalana en Barcelona / Alberto Pozas

En estos autos, el magistrado también se preocupaba por asegurar que la cámara catalana pudiese funcionar con relativa normalidad a pesar de tener a varios diputados electos encarcelados. "No analizamos si procede o no la suspensión de los derechos de representación del señor Junqueras, sino el modo como ha de ejercer esa representación", dijo en su primer auto. La obligación de delegar el voto, decía en un escrito posterior, había facilitado "que los recurrentes hayan podido conformar la voluntad de la cámara, sin alteración ninguna de la aritmética parlamentaria", en referencia a los resultados del 21 de diciembre y la partida de ajedrez que se juega en el Parlament. 

Permisos para votar

En las últimas semanas, el juez Llarena también ha tenido que aplicar el criterio judicial para decidir sobre peticiones políticas: tanto Jordi Sànchez como Oriol Junqueras como también Joaquim Forn - antes de renunciar a su acta - pidieron al juez permiso para poder salir de la cárcel de forma controlada y ejercer como diputados electos en el Parlament de Catalunya, al menos en los plenos y la sesión de investidura. La respuesta del juez fue clara: podían delegar su voto pero podían olvidarse también de salir de la cárcel para visitar el Parc de la Ciutadella. 

En su auto del pasado doce de enero, Llarena explicaba que quedaban incapacitados legalmente de forma prolongada en virtud del artículo 384b de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, explicando que la finalidad de mantener, por ejemplo, a Junqueras en prisión provisional "no es otra que evitar el riesgo de una reiteración delictiva que venía marcada, precisamente, por el mantenimiento de las funciones de representación que detentaba cuando se perpetraron los hechos que se investigan" y asegurando que su vuelta al Govern se podría materializar en "movilizaciones ciudadanas colectivas violentas y enfrentadas al marco legal de nuestra convivencia".

Esta prevención, dice el juez, quedaría desactivada "si los investigados ejercieran su representación política recientemente adquirida, mediante la excarcelación que se peticiona", ya refiriéndose a Junqueras, Forn y Cuixart y a los resultados del 21 de diciembre. La futura formación de Govern, ya hace más de medio mes, estaba por tanto en la lista de elementos relevantes a analizar y tener en cuenta por parte del juez Llarena. 

¿Puigdemont, presidente?

El enésimo aspecto político de Catalunya que hace parada en el Tribunal Supremo es, sin duda, la posibilidad de que Carles Puigdemont sea president de la Generalitat. Ayer mismo, el magistrado Pablo Llarena le comunicó que no le tendrá por personado en la causa hasta que no sea puesto a disposición de la Justicia española, ya sea entregándose él mismo o siendo detenido contra su voluntad. 

En la práctica, esto coloca la pelota en el tejado del Parlament de Catalunya, porque parece claro que el magistrado no tiene intención de picar en el anzuelo de la detención ni de articular ningún mecanismo para que Puigdemont repita como president pasando por encima de la orden de búsqueda y captura que pesa sobre él en nuestro país, al margen de la orden internacional que pueda reactivar en cualquier momento. Si Carles Puigdemont puede ponerse al frente de la Generalitat sin pisar nuestro país es algo que tendrá que decidir el Parlament, una decisión en sí misma también recurrible ante los tribunales. 

 
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