Tribunales
CASO DEL ÁTICO DE ESTEPONA

El Supremo archiva las querellas contra Ignacio González por el ático de Estepona

El alto tribunal archiva las querellas presentadas por los extrabajadores de Telemadrid y el PSM por entender que no hay indicios de actividades delictivas

Vista de la urbanización Alhambra del Golf 3 en Guadalmina Baja en Estepona (Málaga), donde se encuentra el ático del presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González- (EFE)

Madrid

El Tribunal Supremo ha ordenado archivar las querellas presentadas por el PSM y los extrabajadores de Telemadrid contra Ignacio González, presidente de la Comunidad, por la compra y posesión del ático de Estepona. Los jueces del Supremo, siguiendo el criterio de la Fiscalía, entienden que en las querellas no hay hechos objetivos imputables a Ignacio González y piden al juzgado de Estepona que siga investigando la compra del ático.

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El Tribunal Supremo ha ordenado archivar las dos querellas interpuestas contra el presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, por la compra del ático de Estepona (Málaga). Los jueces de la sala de lo penal rechazan que por el momento existan indicios contra González en base a estas querellas, y piden al juzgado de Estepona que siga investigando los hechos. "Ningún hecho que pudiera revestir caracteres de delito se imputa al querellado", señalan los jueces, "ni siquiera se precisa cuál pudo ser su intervención, siendo insuficiente la mera referencia a las responsabilidades públicas que ha ejercido y ejerce".

En un auto el Supremo se declara competente para estudiar estas dos querellas, presentadas por el Partido Socialista de Madrid (PSM) y por extrabajadores de Telemadrid, y ordena su inadmisión y archivo inmediatamente después por no encontrar indicios contra el presidente de la Comunidad. "Las querellas no evidencian ningún dato objetivo que justifique la apertura de un procedimiento penal y por ello deben ser inadmitidas, siguiéndose la investigación en el juzgado ordinario, que no ha concluido". Añaden los jueces que los querellantes "no aportan ningún dato objetivo que pueda apoyar mínimamente la conclusión de que el querellado ha cometido algún hecho delictivo relacionado con la gestión de la publicidad de Telemadrid", en alusión a parte de la querella.

De la misma manera, el Supremo pide al juzgado de Estepona que siga la investigación por estos hechos y que si en un futuro encuentra indicios contra González, remita la causa por su condición de aforado: "Sin perjuicio de que el discurrir de la investigación ponga de manifiesto la existencia de indicios penales" contra González, "y en consecuencia el instructor entienda pertinente elevarlo a este Tribunal".

Las querellas que ahora inadmite y archiva el Supremo acusaban a Ignacio González de varios delitos de cohecho, prevaricación, administración fraudulenta, tráfico de influencias, blanqueo de capitales y un delito contra la Hacienda Pública.

 
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