¿Hay fecha límite para reclamar al banco los gastos de hipoteca? El magistrado Edmundo Rodríguez lo aclara
Las dudas sobre las prescripción en cinco años de las reclamaciones al banco por los gastos de las hipotecas suscritas antes de enero de 2019 está provocando un aluvión de solicitudes a los despachos de abogados y oficinas del consumidor
Hora 14 Euskadi (21/01/2024)
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Las dudas sobre las prescripción en cinco años de las reclamaciones al banco por los gastos de las hipotecas suscritas antes de enero de 2019 está provocando un aluvión de solicitudes a los despachos de abogados y oficinas del consumidor. En un principio se estableció que el plazo para reclamar vencía el 23 de enero de 2024 pero no está del todo claro. Edmundo Rodríguez, magistrado de la Audiencia de Bizkaia, señala que "según el Código Civil son 5 años. El problema es cuándo empieza a discurrir ese plazo. El Tribunal Supremo de hecho tenía dudas y pidió consulta a Tribunal de la Unión Europea. No habría plazo si por decisión judicial, se ha establecido la nulidad. Si es así es imprescriptible, pero genera dudas por la inseguridad jurídica porque haya pasado el tiempo que haya pasado se podría reclamar".
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El TJUE emitió una sentencia en julio de 2020 que estableció la obligación a las entidades de devolver todos esos gastos (de notaría, gestoría, registro y tasación).
Las directrices de Europa fueron asumidas por el Tribunal Supremo en varias sentencias: que estableció la devolución del 50% de los gastos notariales, el 100% de los de registro y la comisión de apertura, la devolución del 100% de los gastos de gestoría, y finalmente, el 100% de la tasación.
"Avalancha de procesos"
"Muchísimos casos se están judicializando", dice Rodríguez "a pesar de que la doctrina está clara y da la razón al cliente pero existe alguna dificultad para cobrarlo porque las entidades creen que el cliente no tiene derecho a exigirlo. Por eso hay una avalancha de procesos que está dificultando la respuesta a los ciudadanos", asegura el magistrado
"Ha habido un cambio legislativo que ha aclarado lo que tiene que pagar cada cual, las cosas son diáfanas. Afortunadamente ha habido reacción del legislador ante la indefinición que propiciaba estos procedimientos"
El juez recomienda, antes este tipo de casos, asociarse en entidades de protección de los derechos del consumidor o bien, contar con una asesoría legal "por una cuota muy pequeña, compensa contar con ese asesoramiento. Además estas entidades pueden agrupar las reclamaciones en un numero mayor lo que permite como ha hecho la UE en el caso de las cláusulas suelo, contar con un mayor respaldo. Es importante el asesoramiento y es conveniente sumarse a ellas o contar con un asesoramiento de un despacho de abogados", concluye
Reclamación de los gastos hipotecarios