El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado este jueves la sentencia propuesta por el magistrado Ricardo Enríquez sobre el recurso de Vox contra la conocida como «ley Celaá» porque respaldaba la norma salvo en dos cuestiones —el rechazo a la segregación del alumnado por sexos y en centro de educación especial—, encargando al ponente que elabore un nuevo borrador que avale sin fisuras la ley, según ha informado la corte de garantías. Vox impugnó lo que consideraba «la parte más sectaria de la ley», la que guarda relación, según ellos, con la enseñanza concertada, la educación religiosa, la educación diferenciada y los centros de educación especial, así como contra el carácter excluyente del castellano como lengua vehicular. Enríquez proponía declarar constitucional la Ley Orgánica de Educación de 2020, excepto los artículos que recogen que «los centros sostenidos parcial o totalmente con fondos públicos desarrollarán el principio de coeducación en todas las etapas educativas» y «no separarán al alumnado por su género»; y que las administraciones garantizarán una adecuada y equilibrada escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y dispondrán las medidas necesarias «para evitar la segregación del alumnado». Ese aval parcial incluía la parte de la ley que señala que «las administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y las alumnas a recibir enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con la Constitución española, los estatutos de autonomía y la normativa aplicable». Ahora, tras el rechazo del Pleno a su ponencia, Enríquez ha accedido a redactar una nueva que recoja el sentir de la nueva mayoría progresista del TC (de siete magistrados frente a cuatro), esto es, declarar la constitucionalidad de toda la «ley Celaá». Una vez confeccionado este segundo borrador, tendrá que someterse otra vez al examen del TC, algo que se espera en las próximas semanas.