SER ConsumidorSER Consumidor
Economia y negocios | Actualidad
RESPUESTA ASESORES

Sin fibra porque una vecina se opone...

Zonamovilidad.es

Madrid

Nacho Sanz

Me fui a vivir en verano a Sevilla la Nueva, un pueblo del sureste de Madrid, en el que hay instalada fibra óptica prácticamente en su totalidad. En mi calle solo está instalada la fibra hasta el número 14 y yo vivo en el 18, el último de la calle, luego somos pocos los afectados. La razón es que la dueña de la casa del número 14 se niega rotundamente a que Movistar pase el cable por su fachada. Movistar dice que si la vecina se niega no puede pasar el cable por su fachada y que le es imposible llevar el cable hasta nuestra casa por otro lado. Mis preguntas son: ¿Cuáles son las posibles soluciones? ¿Se puede presionar legalmente de alguna forma a la vecina egoísta? ¿Puede realmente Movistar hacer más de lo que dice o es que no le compensa porque solo ganaría un usuario?

César Díaz

La Ley General de Telecomunicaciones, Ley 9/2014, de 9 de mayo, establece en su artículo 29:

Los operadores tendrán derecho, en los términos de este capítulo, a la ocupación de la propiedad privada cuando resulte estrictamente necesario para la instalación de la red en la medida prevista en el proyecto técnico presentado y siempre que no existan otras alternativas técnica o económicamente viables.

Artículo 34

Los operadores deberán hacer uso de las canalizaciones subterráneas o en el interior de las edificaciones que permitan el despliegue y explotación de redes públicas de comunicaciones electrónicas.

En los casos en los que no existan dichas canalizaciones o no sea posible su uso por razones técnicas o económicas, los operadores podrán efectuar despliegues aéreos siguiendo los previamente existentes.

Como puede verse en la propia redacción de la ley, el operador puede ocupar la propiedad privada. No obstante, de forma previa, es necesaria la aprobación de un proyecto técnico por parte de la administración competente; por lo que la operadora, aprobado dicho proyecto, tendrá derecho instalar el cableado en propiedad privada en los términos fijados en el plan.

Si la propietaria de la referida vivienda no permite la instalación del cableado, deberá ponerse en contacto con la administración competente en materia de telecomunicaciones y comunicar dicha incidencia para que ésta tome las medidas oportunas para su resolución.

 
  • Cadena SER

  •  
Programación
Cadena SER

Hoy por Hoy

Àngels Barceló

Comparte

Compartir desde el minuto: 00:00