Estos son tus derechos si te ves afectado por la COVID-19 en vacaciones
Muchos consumidores dudan sobre sus derechos y alternativas durante las vacaciones si se ven afectados por el coronavirus. Lo hablamos con Eugenio Ribón, presidente de la Asociación Derecho de Consumo
Estos son tus derechos si te ves afectado por la COVID-19 en vacaciones
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Madrid
Este domingo pasó por los micrófonos de SER Consumidor Eugenio Ribón, presidente de la Asociación Derecho de Consumo, para resolver dudas sobre muchos de los problemas clásicos que nos pueden surgir durante las vacaciones, este año agravados por la crisis del COVID-19: alquileres, viajes, vuelos…
Si tras haber alquilado un apartamento o una casa para las vacaciones tenemos un problema con el COVID-19. ¿Tenemos derecho a anular sin coste?
“Aunque no se haya previsto en el contrato, el derecho dice que nadie responde de aquellos sucesos que nadie ha podido prever. Nadie debe responder por esos daños ni el propietario ni los usuarios. Por tanto, procede el reembolso de cantidades y que cada parte asuma el futuro de la mejor manera que pueda”, explicó Ribón.
¿Y si hemos reservado en un hotel o a través de portales en internet?
“Pasaría lo mismo. Se aplicaría el supuesto de fuerza mayor porque la pandemia es un acto externo a las partes contratantes (propietario y consumidor) e impide la ejecución del contrato. Nadie debe responder ni verse beneficiado por la imposibilidad de uso. Lo contrario significaría un enriquecimiento por parte del hotel a costa del usuario sin que este haya podido disfrutar de sus servicios”.
¿Qué ocurriría si se decreta un nuevo confinamiento mientras estamos de vacaciones?
“Nadie está obligado a lo imposible. En el supuesto de que hayas sido confinado por una autoridad administrativa y no puedes acudir al establecimiento no se le puede reclamar el pago del precio del hotel o apartamento. Si se da el caso de que nos toca como consumidores quedarnos confinados en un hotel, por ejemplo, una o varias semanas más, lo razonable sería que el consumidor debe abonar los gastos porque tampoco es justo que los tenga que abonar el hotelero”, comentó.
¿Tenemos derecho a la devolución del dinero con billetes en vuelos o transporte en general si nos afecta el coronavirus?
“Se aplicaría el mismo principio que el caso anterior, aunque hay que distinguir entre vuelos nacionales e internacionales. En los vuelos nacionales se prevé la posibilidad del desistimiento sin ningún tipo de causa y con una penalización máxima del 20% en casos normales. Si se trata de una causa de fuerza mayor procedería una devolución íntegra de las cantidades. En caso de vuelos internacionales también se debe devolver el dinero si es por un caso de fuerza mayor. El problema es que muchas aerolíneas no están cumpliendo la ley y no están devolviendo el dinero, sino que están ofreciendo bonos, pero esto es ilegal. Procede la devolución íntegra de cantidades. Por desgracia, en España no tenemos daños punitivos y sale muy barato timar al consumidor”.
¿Pueden cobrarnos una “tasa Covid” en hoteles, bares o tiendas con la justificación de que hay más limpieza?
“Rotundamente no. Por dos razones: el término tasa es inapropiado porque no es no hay una base normativa ni acomodo legal que permita el cobro de esta tasa. Los servicios de limpieza es una obligación del empresario impuesta normativamente por la situación de pandemia para proteger la salud pública. Así que no debe trasladarse como un cobro al usuario”.
Algunas agencias y hoteles retrasan las llegadas y adelantan las salidas de viajeros por las medidas de limpieza. ¿Debemos ser flexibles o nos están quitando horas que pagamos?
“Tenemos que asumir que puede haber un periodo de limpieza más profunda que en una situación normal. Pero esto también debe traducirse en una variación del precio. Si estamos pagando 24 horas y nos están privando de poder disfrutar del hotel 5 o 6 horas por la limpieza, de alguna forma tiene que verse reflejado en el precio por un servicio no prestado”.
¿Estamos perdiendo derechos como consumidores por el COVID-19?
“El decreto que se aprobó en 2020 para regular los derechos de los consumidores no ha sido todo lo afortunado que debiera haber sido, incluso se está planteando la elevación de cuestiones prejudiciales porque contraviene el derecho de la Unión Europea. Los más afectados están siendo los consumidores de viajes o del sector del turismo”.
En caso de que nos veamos afectados por estas situaciones: ¿Dónde podemos denunciar? ¿Qué tenemos que hacer exactamente?
“Lo primero es comunicar al empresario sobre la situación que nos impide el cumplimiento del contrato, esta comunicación debe ser por correo electrónico o una forma que quede prueba, no por teléfono. Tras esto, debemos pedir la devolución del precio pagado y en el caso de que no sea asumido por el empresario, empezaremos los trámites de reclamación a través de una asociación de consumidores y usuarios”, concluyó.
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