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El Supremo confirma la absolución de 'El Egipcio' por el delito de integración terrorista

La sentencia condena a Antonio Toro, que fue absuelto antoeriormente, a cuatro años por tráfico de explosivos y absuelve completamente a otros cuatro condenados

Madrid

El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos de la Fiscalía y de la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo y ha ratificado la absolución de Rabei Osman El Sayed, "Mohamed El Egipcio", dictada por la Audiencia Nacional en octubre pasado tras el proceso por los atentados de Madrid. Por su parte, el portavoz de Economía del PP en el Congreso de los Diputados, Cristobal Montoro, ha mostrado el "máximo respeto a las decisiones judiciales en una cuestión tan importante para los españoles".

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De los 21 condenados por la Audiencia Nacional, el Supremo ha ratificado las penas de prisión para 17 de ellos, ha absuelto a cuatro, y ha condenado a uno que había quedado sin cargos, el asturiano Antonio Toro, que ahora se enfrenta a una pena de cuatro años de prisión por tráfico de explosivos.

En la sentencia, notificada hoy a las partes, la Sala de lo Penal del Supremo ha rechazado los recursos de la Fiscalía y de la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo contra la sentencia que absolvía a "Mohamed El Egipcio" de un delito de integración en organización terrorista.

La Audiencia Nacional y ahora el Supremo han absuelto al "El Egipcio" del delito de pertenencia a organización terrorista porque Italia ya lo había condenado por ese mismo delito. Una sentencia que está recurrida en los tribunales italianos. A este respecto el Supremo absuelve a 'el Egipcio' argumentando que no hay elementos suficientes para condenarle por integración en banda armada como pedía la fiscalía. El alto tribunal entiende que al no ser firme la sentencia italiana no habría ningún inconveniente para que fuera condenado en nuestro país.

Decisión que había sido recurrida por la Fiscalía y la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo, al entender que la sentencia que la condena en Italia todavía no es firme lo que, a su juicio, obliga a la Justicia española a imponerle una nueva pena.

Por otro lado, el TS ha absuelto a Basel Ghalyoun y Mohamed Almallah Dabas -condenados por la Audiencia Nacional a 12 años de prisión- del delito de pertenencia a organización terrorista y ha absuelto Abdelilah El Fadual El Akil -condenado inicialmente a 9 años- del delito de colaboración.

Otro de los absueltos por la sentencia del Supremo es el español Raúl González Peña "El Rulo", a quien la Audiencia Nacional había condenado a 5 años de prisión por suministro de explosivos.

En el otro extremo se encuentra el asturiano Antonio Toro, absuelto en octubre por la Audiencia Nacional y que ahora ha sido condenado por el Tribunal Supremo a una pena de cuatro años de prisión por tráfico de explosivos.

Rebaja algunas codenas decretadas por la Audiencia Nacional

A Hamid Ahmidan, condenado por la Audiencia Nacional a 23 años como colaborador con organización terrorista y tráfico de drogas, le rebaja la pena a 13 años de cárcel por ambos delitos.

Por su parte, Hassan El Haski, condenado en primera instancia a quince años de prisión por pertenencia de organización terrorista en grado de dirigente, ve rebajada su pena a los 14 años de cárcel.

Por último, el Supremo ha dejado en 9 años la condena de 12 que la Audiencia Nacional había impuesto a Mohamed Larbi Ben Sellam, como integrante de organización terrorista.

Numerosos recursos contra la setencia de la Audiencia Nacional

Contra la sentencia de la Audiencia Nacional habían presentado diversos recursos el Ministerio Fiscal, las asociaciones 11-M Afectados por el Terrorismo y de Ayuda a las Víctimas del 11-M, varias víctimas particulares, los 21 condenados y uno de los absueltos: Rabei Osman El Sayed, "Mohamed El Egipcio".

La asociación que preside Pilar Manjón también había recurrido la absolución de los hermanos Antonio y Carmen Toro y ha solicitado que se aumenten las condenas para 5 de los 28 acusados.

Por su parte, la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M, que preside Ángeles Domínguez, sólo había recurrido la parte correspondiente a las indemnizaciones que el tribunal concedió a las víctimas, ya que consideran que algunas cuantías no son suficientes.

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