Gallardón rectifica las tasas judiciales
El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de la ley de justicia gratuita que amplía los colectivos excluidos del pago de tasas
El Ministerio de Justicia ha aprovechado el trámite de la ley de justicia gratuita para rectificar las tasas judiciales. El anteproyecto del departamento que dirige Alberto Ruiz Gallardón incrementa el umbral de ingresos de las familias españolas que quedarán exentos de este impuesto y amplía los colectivos que se beneficiarán de la justicia gratuita.
El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley de justicia gratuita que rectifica las tasas judiciales que ya están vigentes y que han sido fuertemente criticadas por las carreras judicial, fiscal y de letrados.
Más información
- El Consejo de Ministros recurrirá ante el Constitucional el 'euro por receta' de Madrid
- La acogida no sirve de atajo para la adopción
- Jueces y fiscales convocan el día 20 huelga contra las reformas de Gallardón
- El Gobierno aprobará hoy la rectificación de tasas judiciales de Gallardón
- El Congreso aprueba la modificación de la Ley de Tasas Judiciales
- La Audiencia Nacional cree que la Ley de Tasas podría ser anticonstitucional
- Llega al Constitucional el caso de un hombre que no recurre por las tasas judiciales
- La crisis económica y las tasas judiciales dan un respiro al Poder Judicial
- Gallardón y la Asociación Profesional de la Magistratura liman asperezas
- El informe del Poder Judicial cuestiona la constitucionalidad de parte del Código Penal
El nuevo texto legal amplía el umbral de ingresos de las familias españolas que no tendrán que pagar tasas judiciales y aumenta los colectivos que podrán beneficiarse de la justicia gratuita. Si usted vive solo porque no tiene familia y gana menos de 12.780 euros al año no tendrá que abonar un céntimo por acudir a los tribunales. Para familias con dos o tres miembros ese umbral se amplía hasta los 15.975,33 euros y las de cuatro miembros tendrán que ingresar menos de 19.170, 39 euros para pagar los gastos ocasionados por los procesos judiciales que no sean penales. En el caso de familias más amplias se fijan unos ingresos anuales de 31.950,65 euros. Además, quedan exentos los trabajadores y beneficiarios del sistema de seguridad social en primera instancia del orden social. Una salvedad orientada hacia los procesos de despido.
El apartado de colectivos que se podrán acoger al beneficio de la justicia gratuita también se amplía. Víctimas de terrorismo, de violencia de género, de tratas de seres humanos, de accidentes que produzcan secuelas permanentes y menores y discapacitados. Eso sí, a título particular porque ellos deben de ser las víctimas. Cruz Roja, asociaciones que luchen contra la discapacidad, sindicatos y entidades gestoras de la Seguridad Social tampoco deberán hacer ningún pago cuando acudan a los tribunales.
Límites
Alberto Ruiz Gallardón ha dicho que esta ley supone un "impulso" de la justicia gratuita, aunque ha subrayado que hay límites y que se realizará una inspección a todo aquel que recurra a este beneficio en más de es ocasiones en un año.
Pedro Jiménez
Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...