La Audiencia Nacional rechaza suspender de forma cautelar las tasas de Gallardón
Rechaza suspender las tasas judiciales porque "sería prejuzgar sobre el fondo del asunto" y porque no causa un "perjuicio imparable" para los recurrentes
La sección séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado la solicitud del colegio de abogados de Ourense de suspender la orden de pago de las tasas judiciales. La Audiencia rechaza suspender las tasas judiciales porque "sería prejuzgar sobre el fondo del asunto".
La sección séptima de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado la solicitud del colegio de abogados de Ourense, que reclamaba la suspensión cautelar de la orden que regula el pago de las nuevas tasas judiciales mientas el tribunal estudia si anula o mantiene en vigor la orden ministerial que permite este gravamen.
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La Audiencia rechaza la medida cautelar de suspensión porque "sería prejuzgar sobre el fondo del asunto" y porque no causa un "perjuicio irreparable" para los recurrentes. Los magistrados recalcan que toman esta decisión "sin perjuicio de lo que resuelvan" al pronunciarse sobre el fondo del asunto.
El colegio de abogados de Ourense recuerda en su escrito que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos mantiene que la obligación de pagar tasas judiciales no es una restricción al derecho de la tutela judicial efectiva "siempre que las tasas persigan objetivos legítimos y sean proporcionadas".
Pero la ley de tasas española, defienden los abogados de Ourense, "vulnera este convenio porque parte de que el coste de la administración de justicia sea soportado por quienes más se benefician de ella para mejorar la financiación del sistema y la asistencia gratuita, es decir, que el objetivo perseguido es, eminentemente, recaudatorio".