El Tribunal Supremo avala la 'Comisión Sinde'
Rechaza el recurso de la Asociación de Internautas contra el decreto que permite a la Comisión ordenar el cierre de páginas web
El Tribunal Supremo ha avalado el decreto que regula la Comisión de la Propiedad Intelectual, la 'comisión Sinde', capacitada para ordenar el cierre de páginas web, rechazando el recurso interpuesto por la Asociación de Internautas pidiendo su anulación. Los jueces reconocen que "están en juego derechos fundamentales" como la libertad de expresión e información pero recuerda que "no son ilimitados y las medidas están justificadas".
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El Tribunal Supremo ha dado su aval a la actual Comisión de la Propiedad Intelectual, la 'comisión Sinde' que puede ordenar el cierre de páginas web, tras rechazar casi la totalidad del recurso que la Asociación de Internautas presentó contra el decreto que la regula. Para la Sala de lo Contencioso-Administrativo, el cierre de páginas web que tengan contenidos que vulneren los derechos de autor es un asunto complejo en el que confluyen gran cantidad de derechos, pero que en cualquier caso existe una necesidad de esta 'comisión Sinde' como medida de equilibrio.
Las medidas para restablecer la legalidad en la red, justificadas
La Sala de lo Contencioso-Administrativo reconoce la competencia de esta Comisión de la Propiedad Intelectual para proteger el derecho a la propiedad intelectual y "retirar contenidos que vulneren esos derechos", ordenar el cierre de páginas web en las que existan contenidos protegidos por derechos de autor. Recuerda que, en cualquier caso, aunque esta Comisión acuerde la retirada de contenidos de internet por supuesta vulneración de la propiedad intelectual, es necesario acudir a un juzgado de lo contencioso para poder ejecutar esa medida.
Derechos fundamentales en juego
El Supremo reconoce igualmente que "están en juego derechos fundamentales" como la libertad de expresión y de información, pero recuerda que "no son ilimitados" y que por tanto están justificadas las medidas para restablecer la legalidad en la red "siempre que respeten las garantías constitucionales y legales". Puntualiza que en este tipo de asuntos confluyen derechos a la libertad de expresión, información, a la producción literaria, artística, científica y técnica junto a otros como la protección de datos personales y acceso a la cultura y que por eso existe una necesidad de adoptar medidas que delimiten sus ámbitos y "equilibren sus conexiones de manera proporcionada y sin suponer una restricción".
Retirar el contenido voluntariamente no es reconocer el delito
Tribunal Supremo sólo estima una pequeña parte del recurso interpuesto por la Asociación de Internautas, y anula un artículo del decreto: a partir de ahora, si un usuario de internet retira de su web de forma voluntaria algún contenido con derechos de autor, no significará que esté reconociendo automáticamente haber vulnerado estos derechos. Los recurrentes también alegaban una vulneración de derechos constitucionales, y los jueces argumentan que detectar este tipo de vulneraciones es una función de los tribunales.
Esta Comisión de la Propiedad Intelectual, dependiente del Ministerio de Cultura, se estructura en dos secciones: la primera encargada de mediación y arbitraje entre artistas y entidades que gestionan sus productos culturales, y una segunda encargada de investigar las denuncias interpuestas contra posibles vulneraciones de los derechos de autor "cuando se actúe con ánimo de lucro".
El pasado 22 de marzo el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, sucesora de la Ley Sinde, aunque el Ministro de Educación José Ignacio Wert señaló entonces que "habrá una reforma de mayor calado en esta legislatura". Este anteproyecto de reforma fortalece las capacidades de la sección segunda de esta Comisión para perseguir las supuestas infracciones de los derechos de autor en la Red al endurecer el control sobre páginas web de enlaces que ofrezcan contenidos protegidos por derechos de autor.
Se oponían a estos recursos tanto la Administración General del Estado como varias asociaciones del sector audiovisual: la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), DTS Distribuidora de Televisión Digital, la Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE), la Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos Audiovisuales, la Asociación Española de la Economía Digital (ADIGITAL) y la Federación de Cines de España (FECE).