La Justicia tumba el último intento de Bárcenas para anular las grabaciones de la Gürtel
En una decisión contra la que ya no cabe recurso alguno, la Audiencia Nacional confirma la validez de las grabaciones del exedil de Majadahonda, José Luis Peñas, que pueden ser fundamentales en el juicio
Madrid
Era la última oportunidad de Bárcenas y el resto de cabecillas de la Gürtel para anular una de las pruebas fundamentales del caso: las grabaciones del exedil de Majadahonda, José Luis Peñas. Aquellas en las que, entre otras, se oía al líder de la Gürtel, Francisco Correa, decir "he llevado más de 1.000 millones de pesetas a Bárcenas y sé como los saca de España".
La Audiencia Nacional confirma la validez de las grabaciones porque "no hubo engaño ni presión" al realizarlas ni se conculcaron derechos constitucionales. Además, el exedil tenía la obligación de denunciar los hechos. Contra la decisión de la Audiencia no cabe recurso alguno.
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La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la validez de las grabaciones realizadas por José Luis Peñas y aportadas a la causa. Los magistrados rechazan en su auto los recursos presentados por el líder del entramado, Francisco Correa; su número 'dos' Pablo Crespo; y Antoine Sánchez, uno de los principales testaferros; a los que se adhirieron Luis Bárcenas, Jesús Sepúlveda, Alberto López Viejo o Alfonso Bosch entre otros imputados del caso Gürtel.
La Sala argumenta que el supuesto analizado no se puede equiparar a la técnica periodística de 'cámara oculta' puesto que en este caso "no medió el engaño ni la presión", "ni se han extraído datos que afecten a la zona más intrínseca de la personalidad".
Según la Sala, la grabación por uno de los interlocutores de la conversación "no conculca el derecho constitucional" puesto que no es una conversación "de otro" sino "con otro". Tampoco hay contravención alguna al secreto de las comunicaciones, según ha consolidado la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
Los jueces recuerdan que el secreto no puede referirse a hechos como el presente en que un ciudadano obtiene una fuente de prueba respecto de un delito basado en la conversación que mantiene con el presente autor. "Si hay obligación de denunciar los delitos" que un particular pueda conocer, dicen los magistrados, "ha de considerarse legítimo que el que vaya a hacerlo se provea de algún medio" para acreditar el objeto de su denuncia.