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El Supremo rechaza reducir la condena de un pederasta del 'caso Nanysex'

Pedía que los 20 años de prisión que le impuso la justicia de EEUU por abusar sexualmente de un niño de tres años fueran adaptados al Código Penal español

El Tribunal Supremo ha rechazado adaptar al Código Penal español la condena de que Estados Unidos impuso a uno de los pederastas condenados por el 'caso Nanysex'. Un tribunal de Pensilvania le condenó a veinte años de cárcel por abusar sexualmente de un niño de tres años en 2004, y la defensa pretendía que quedara en una multa o una condena de no más de tres años.

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El Tribunal Supremo ha rechazado reducir la condena de 20 años de cárcel que Estados Unidos impuso a un pederasta español, Eduardo Sánchez Moragues, por abusar sexualmente de un niño de tres años cuando en 2004 estuvo en Pensilvania. Sánchez Moragues, alias 'Todd', solicitó a la justicia que esta condena impuesta por la justicia estadounidense fuera adaptada al Código Penal español, y por tanto reducida.

Eduardo Sánchez Moragues ya ha sido condenado por tribunales españoles por su relación con más casos de abusos sexuales a menores: en octubre de 2009 el Tribunal Supremo le condenó a 10 años de cárcel por su implicación en el denominado 'caso Nanysex', la operación policial que terminó con la detención de dos pederastas que violaban a menores de muy corta edad, y con la detención de Sánchez Moragues por ser el que grababa y enviaba los abusos por internet. Álvaro Iglesias Gómez, alias 'Nanysex', y José Gómez Cansino 'Aza' fueron finalmente condenados a penas de hasta 24 años de cárcel.

Abusó de un niño de tres años en Estados Unidos

Sánchez Moragues cumple condena en España por estos hechos. Ahora es la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo quien rechaza adaptar al Código Penal español la condena de 20 años de prisión que le impuso el Tribunal del Distrito Central del Estado de Pensilvania en julio de 2009. Los hechos a los que se refiere esta sentencia tuvieron lugar en 2004, y recogen que Sánchez Moragues, alias 'Todd', viajó hasta Estados Unidos y abusó sexualmente de un niño de tres años de edad. La defensa del pederasta pretendía que esta condena de 20 años se quedara en una multa o en una pena privativa de libertad que no superara los tres años. Señala el Supremo que "la pena impuesta por el Tribunal de Pensilvania no resulta incompatible con la interpretación del principio de proporcionalidad que acoge nuestro Tribunal Constitucional".

 
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