Suspendidas las condenas del Faisán hasta que se resuelvan los indultos
La Audiencia Nacional decide no ejecutar las condenas de Pamiés y Ballesteros por su implicación en el chivatazo hasta que se decida sobre su petición de indulto
La sección tercera de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional ha decidido suspender la ejecución de las condenas del 'caso Faisán' hasta que se resuelva sobre su petición de indulto. Entienden los jueces que es una medida "plenamente justificada al no haber responsabilidad civil ni tener otros procedimientos pendientes".
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La Audiencia Nacional ha decidido suspender la ejecución de las condenas de año y medio de cárcel y cuatro de inhabilitación que se impuso a los policías Pamiés y Ballesteros por su participación en el chivatazo del bar Faisán. El organismo judicial ha tomado esta decisión después de que ambos hayan solicitado un indulto y tanto la Fiscalía como la propia Audiencia, en calidad de tribunal sentenciador, tengan que informar sobre la procedencia o improcedencia de concederlo. La sección tercera entiende que la suspensión de esta ejecución de condena "aparece como plenamente justificada al no haber responsabilidad civil ni tener otros procedimientos pendientes". La Fiscalía no se ha opuesto a esta suspensión provisional.
Pamiés y Ballesteros fueron condenados a penas de año y medio de prisión y otros cuatro de inhabilitación por el chivatazo del bar Faisán, por un delito de revelación de secretos. Una sentencia de la Audiencia Nacional que tuvo varios votos discrepantes, y que declaró probado que Pamiés y Ballesteros contribuyeron a que el aparato de chantaje de ETA pudiera evadir una operación policial.
Ni la Audiencia Nacional ni el Tribunal Supremo consideraron que la actuación de los dos policías pudiera ser considerada como una colaboración con la banda terrorista, mientras que las asociaciones de víctimas personadas en la causa sí solicitaban un aumento de las condenas por este delito.