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Expediente sancionador a Atresmedia y Mediaset por emitir demasiada publicidad

Las cadenas de televisión no pueden superar los 12 minutos de anuncios cada hora

Cortinilla para cortes publicitarios en Telecinco / MEDIASET

Cortinilla para cortes publicitarios en Telecinco

Madrid

La Comisión Nacional de Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto sendos expedientes sancionadores contra Atresmedia y Mediaset por "superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios".

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Según el regulador, las presuntas infracciones se produjeron entre enero y mayo de 2016 en los canales Telecinco, Cuatro, Divinity, Energy (todos ellos, propiedad de Mediaset) y Antena 3 (la principal emisora de Atresmedia).

La Ley de Comunicación Audiovisual establece que las cadenas de televisión no pueden superar los 12 minutos de mensajes publicitarios y televenta por cada hora de emisión, en los que no se computan los patrocinios, los emplazamientos publicitarios o las telepromociones "cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los tres minutos por hora de reloj".

Atresmedia y Mediaset disponen de un plazo de quince días para presentar alegaciones. La CNMC recuerda que la apertura de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. El plazo máximo para la instrucción y resolución de la misma es de seis meses.

 
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