La Junta Electoral prohíbe los actos de inauguración de obras públicas hasta después de las elecciones del 26-M
La Junta dicta una nueva instrucción con motivo del solapamiento de los tres procesos electorales previstos para el 28 de abril. Ninguna administración pública podrá realizar campañas institucionales para fomentar el voto ni para ensalzar su gestión. Tampoco se permitirán los catos de inauguración de obras y serviicos públicos
Madrid
El solapamiento, por primera vez, de periodos electorales: el de las generales y el de las municipales, autonómicas y europeas ha provocado una nueva instrucción por parte de la Junta Electoral Central que precisa en una nueva instrucción que todos los poderes públicos, estatales, autonómicos o locales, deben mantener el principio de neutralidad con independencia del proceso electoral convocado.
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Así, desde hoy, se prohíbe realizar campañas de fomento de participación del voto a las Comunidades Autónomas; así como campañas de logros y campañas con determinadas imágenes o expresiones que hagan referencia a esos logros de gestión. También, las inauguraciones de obras, servicios públicos o proyectos similares.
La Junta hace dos precisiones más: la jornada de reflexión y el día de la votación de las generales no podrá haber actos electorales de las otras tres elecciones, como tampoco podrán difundirse sondeos ni autonómicos, locales y europeos en los cinco días previos al 28 de abril.
Por cierto, que en el decreto de convocatoria de las elecciones generales se señala que, por criterios de población, Madrid y Barcelona ganan un escaño en detrimento de Asturias y Valencia.