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Bares, restaurantes, chiringuitos y casinos de Cataluña no tendrán que cerrar a medianoche

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña levanta el cierre obligatorio

El TSJC levanta el cierre obligatorio a medianoche para bares y casinos en Cataluña / JAVIER BARBANCHO (Reuters)

Barcelona

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha levantado este viernes la obligación a bares, restaurantes, chiringuitos y casinos de cerrar como máximo a medianoche.

En un auto, la sección 2 de la Sala de lo Contencioso Administrativo ha estimado en parte el recurso de la Federación Catalana de Asociaciones de Actividades de Restauración y Musicales (Fecasarm) contra la resolución que publicó el Govern el 24 de julio con nuevas medidas de contención del Covid-19.

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La suspensión del tribunal afecta a la parte del texto que limitaba el horario de bares, restaurantes, chiringuitos y bares musicales de Barcelona y municipios de su área metropolitana, además de a Figueres y Vilafant (Girona) y más de 40 municipios de la provincia de Lleida.

Los magistrados no ven justificado que "se vaya a producir una mayor transmisión del virus dependiendo del horario de cierre", y señala que la administración tiene otros mecanismos para evitar que la gente se desplace.

Además, al estimar el recurso de la patronal del ocio nocturno también se suspende el apartado que ordena el cierre a medianoche para salas de juego, casinos y salas de bingo de toda Catalunya.

Discotecas cerradas

En cambio, la Sala ha desestimado la petición de Fecasarm para anular también la prohibición de abrir discotecas y salas de baile en toda Cataluña, una medida que sí considera proporcional dada la "elevada concentración de personas que no conviven habitualmente juntas" en estos locales.

El TSJC ya estimó el miércoles otros recursos de asociaciones gremiales, con los que aprobó la reapertura de cines, gimnasios e instalaciones deportivas en el área metropolitana de Barcelona, cerradas a raíz de la misma resolución del Govern.

La decisión de este viernes no es firme, y el tribunal da cinco días a la administración para recurrir el auto.

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