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El Supremo inadmite una querella de los Abogados Cristianos contra Marlaska por la suspensión de misas

La asociación acusaba al ministro de prevaricación y suspensión de culto por la suspensión de actos de culto durante el confinamiento y el estado de alarma en diferentes lugares del país

Es la primera querella presentada contra miembros del Gobierno por la gestión del COVID que inadmite el Supremo

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en la presentación de las nuevas líneas estratégicas en la lucha contra la violencia de género, en las instalaciones del Centro Tecnológico de Seguridad del Ministerio / Marta Fernández Jara EUROPA PRESS

Madrid

El Tribunal Supremo ha decidido inadmitir una querella presentada por la Asociación de Abogados Cristianos contra el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, por la suspensión de actos religiosos durante el primer estado de alarma por el COVID-19. Es la primera querella interpuesta contra miembros del Gobierno con motivo de la gestión de la crisis del COVID-19 que inadmite el Tribunal Supremo.

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Los jueces, con Vicente Magro como ponente, entienden que no se puede atribuir ningún delito al ministro, ni siquiera atribuirle ninguna participación "y más aún dadas las circunstancias de excepcionalidad en la que se realizaron las actuaciones de las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado". La asociación, que en los últimos años ha llevado sin éxito ante los tribunales a artistas y activistas por delitos contra los sentimientos religiosos, acusaba a Marlaska de prevaricación y de prohibición e interrupción de culto.

En su auto, la sala de lo penal explica que "no se aporta con la querella indicio alguno que avale razonablemente la intervención" del ministro en los hechos y que "en ningún momento se ha demostrado, ni siquiera como prueba indiciaria, que el querellado haya tenido participación intelectual en ninguno de los delitos" denunciados.

Los Abogados Cristianos denunciaban la interrupción de diversos actos religiosos a lo largo del estado de alarma en Cádiz, Murcia, Granada, Sevilla, Balmaseda, Madrid y Valencia, y el Supremo explica que "no puede apreciarse una vulneración de la libertad religiosa en tanto en cuanto la excepcionalidad de la situación del estado de alarma". Añade además el Supremo que "resultaba evidente que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de todo el país velaron y vigilaron por valorar cada caso y adoptar las medidas de seguridad y contención que la casuística aconsejaba en cada caso".

Decenas de querellas y denuncias

Es la primera querella interpuesta contra miembros del Gobierno con motivo de la gestión de la crisis del COVID-19 que inadmite el Tribunal Supremo. La Fiscalía reclamó el pasado mes de septiembre que todas las querellas y denuncias de estas características fueran inadmitidas: fueron presentadas contra diversos miembros del ejecutivo central, entre otros contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, o contra el ministro de Sanidad, Salvador Illa.

Por el momento ninguna acción penal iniciada contra las autoridades nacionales o regionales en España por la gestión de esta crisis ha prosperado en los tribunales. Un juzgado de Madrid archivó un caso abierto contra el Delegado del Gobierno, José Manuel Franco, por permitir la manifestación feminista del 8 de marzo, y el Supremo también está pendiente de decidir sobre la imputación de la presidenta de la Comunidad de Madrid con un informe contrario de la Fiscalía encima de la mesa.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros celebrado en Moncloa, Madrid (España), a 24 de noviembre de 2020 / EUROPA PRESS/J. Hellín. POOL

La Asociación de Abogados Cristianos presentó varias de estas querellas y todas recibieron el informe contratrio de la Fiscalía, que rechaza que se deba abrir una causa contra miembros del Gobierno por la gestión de la crisis del coronavirus.

 
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