La Justicia prohíbe que la Fundación Franco recurra todos los cambios del callejero de Madrid
Estima un recurso de la Federación Estatal de Foros por la Memoria y la Plataforma contra la Impunidad del Franquismo
Establece que la Fundación Nacional Francisco Franco no está legitimada para recurrir la retirada de absolutamente todas las calles
Madrid
La Justicia ha puesto freno a la actividad de la Fundación Francisco Franco en los tribunales. El Tribunal Superior de Madrid ha dictado una sentencia en la que establece que la Fundación franquista no tiene derecho a recurrir todas y cada una de las retiradas de nombres ligados a la dictadura del callejero de Madrid, entendiendo que no está legitimada y avalando además que el Ayuntamiento de Madrid cambiase los nombres de la Travesía del General Franco y la Plaza del Caudillo en 2017.
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La resolución llega en una semana en la que se han conocido resoluciones del mismo tribunal que han obligado a mantener las calles para la División Azul y también para José Millán-Astray, fundador de la Legión. En este caso el pleito arrancó en el juzgado contencioso 23 de Madrid por un recurso de la Fundación Nacional Francisco Franco contra la decisión del consistorio madrileño de retirar más de 50 nombres ligados al franquismo del callejero de la capital.
Un pleito que termina con el TSJM expulsado a la fundación franquista de estos procedimientos siempre y cuando no recurra retiradas ligadas estrictamente a la figura del dictador. "El vínculo entre los fines de la Fundación y el cambio de nombre de unas calles de la ciudad de Madrid, es tan difuso que nos debe llevar a apreciar la falta de legitimación activa de la Fundación". Los jueces estiman así la petición realizada por la Federación Estatal de Foros por la Memoria y de la Plataforma conta la Impunidad del Franquismo.
La sentencia adelgaza por tanto este proceso iniciado por la plataforma franquista y se ciñe sólo a dos nombres ligados directamente a la figura del dictador: la Travesía del General Franco y la Plaza del Caudillo, dos nombres cuya desaparición avala. "La denominación de esas dos calles en cuestión supone una exaltación de los tres hitos históricos que contempla el citado artículo, al resultar inevitable relacionar a Francisco Franco con la guerra civil y con el régimen político surgido de ella", dice la sentencia.
Segunda retirada de legitimidad
Esta no es la primera ocasión en que los tribunales explican a la Fundación Franco que no puede cuestionar ante la Justicia cualquier cosa que tenga que ver con el dictador. Ya en 2015 la Audiencia de Madrid decretó su falta de legitimidad para defender el honor de Franco en los tribunales denunciando varias veces al artista Eugenio Merino por sus obras expuestas en Arco utilizando el cuerpo del dictador ubicándolo en una nevera (Always Franco) o como punching-ball (Punching Franco).
En este caso el TSJM explica que "el vínculo entre los fines de la Fundación y el cambio de nombre de unas calles de la ciudad de Madrid, es tan difuso que nos debe llevar a apreciar la falta de legitimación activa de la Fundación. Sostener lo contrario sería tanto como admitir una suerte de acción pública de la Fundación para recurrir cualquier acto o disposición reglamentaria que altere o incida en situaciones acontecidas durante la etapa de la guerra civil o aquella en la que Francisco Franco fue Jefe del Estado español, lo que no es admisible".