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Memoria histórica

PSOE y UP acuerdan llevar a la ley de Memoria que los crímenes de la dictadura no prescriben

El derecho internacional, superior a la legislación nacional, ya impide la prescripción de delitos de genocidio, torturas y lesa humanidad

Valle de los Caídos, España. / Getty Images

Madrid

PSOE y Unidas Podemos plantean cambios en la Ley de Memoria Democrática uno de los proyectos estrella del Gobierno, que ha recibido críticas de sus socios ERC y EH Bildu. Estos grupos, cuyos votos son necesarios para que salga adelante, reclaman entre otras cosas, la derogación de la Ley de Amnistía de 1977. Entre las treinta modificaciones acordadas  por los partidos de la coalición de Gobierno , a las que ha tenido acceso la SER, se incluye una que menciona la Ley de Amnistía.

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Se trata de un nuevo apartado añadido al artículo 2 que establece que "Todas las leyes del Estado español, incluida la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, se interpretarán y aplicarán de conformidad con el Derecho internacional convencional y consuetudinario y, en particular, con el Derecho Internacional Humanitario, según el cual los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura tienen la consideración de imprescriptibles y no amnistiables”.

El motivo, dicen los autores de la enmienda,  es "garantizar el derecho a la justicia de las víctimas". La Ley de Amnistía les ha impedido  que prosperen sus procesos en España ya que exime de cualquier responsabilidad penal a los dirigentes de la dictadura de cualquier acto cometido hasta diciembre de 1977. Entre los casos más conocidos el que intentó poner en marcha el juez Baltasar Garzón o el abierto al ex ministro Rodolfo Martín Villa al que varias víctimas denunciaron en Argentina por crímenes de lesa humanidad ante la imposibilidad de hacerlo en España. La juez del caso decretó hace unas semanas su procesamiento.

El Secretario de Estado de la Agenda 2030, Enrique Santiago, ha explicado en el Congreso que con el cambio en el texto se intenta corregir la mala interpretación que consideran se ha hecho de la ley del 1977: "La Ley de Amnistia no va a poder ser utilizada como una excusa, porque nunca ha sido un impedimento,  para juzgar este tipo de crímenes". Santiago ha reconocido que el paso del tiempo hará que el alcance de esta modificación,  si sale adelante,  sea limitado porque la mayoría de los responsables de la dictadura han muerto o son muy mayores pero cree que puede servir para establecer una "verdad judicial" que sirva de repación a las víctimas. La modificación alcanza a la fiscalía especial de Sala prevista en la Ley de Memoria a la que se le atribuyen funciones "para la investigación de los hechos que constituyan violaciones de Derecho Internacional de Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, incluyendo los que tuvieron lugar con ocasión del golpe de Estado, la Guerra y la Dictadura".

Las enmiendas de PSOE y UP introducen también el derecho a la reparación de las víctimas  en algunos casos: "Las víctimas de la Guerra y la Dictadura definidas en esta ley tienen derecho al reconocimiento y la reparación integral por parte del Estado. 1. La Administración General del Estado desarrollará un conjunto de medidas de restitución, rehabilitación y satisfacción, orientadas al restablecimiento de los derechos de las víctimas en sus dimensiones individual y colectiva, y la posibilidad del reconocimiento de los bienes incautados durante la Guerra Civil y la dictadura una vez finalizada la auditoria de estas propiedades prevista en la ley: Se reconoce el derecho al resarcimiento de los bienes incautados y las sanciones económicas producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra y la Dictadura, en los términos que se establezcan legalmente, así como en la normativa de desarrollo. 2. La Administración General del Estado promoverá las iniciativas necesarias para la investigación de las incautaciones producidas por razones políticas, ideológicas, de conciencia o creencia religiosa durante la Guerra y la Dictadura y, en particular, realizará una auditoría de los bienes expoliados en dicho periodo, incluyendo las obras de arte, el papel moneda u otros signos fiduciarios depositados por las autoridades franquistas, así como la imposición de sanciones económicas en aplicación de la normativa de responsabilidades políticas. Esta auditoria incluirá un inventario de bienes y derechos incautados. La auditoría deberá llevarse a cabo en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley. 3. Una vez finalizada la auditoría a que se refiere el apartado anterior, se implementarán las posibles vías de reconocimiento a los afectados, sin perjuicio independientemente de lo previsto a este respecto en el artículo 5.4 de la presente ley". Ese artículo  - el 5.4 -  niega cualquier responsabilidad patrimonial del Estado algo que ahora es posible en determinadas situaciones.

Las enmiendas también afectan a los archivos y en concreto a la documentación que guarda la Fundación Franco: "Los archivos y documentación del gobierno de la Dictadura, en particular la del Jefe del Estado, que se encuentren en poder de entidades privadas o personas físicas, se incorporarán, una vez superados los trámites legales, al Centro Documental de la Memoria Histórica o al archivo del organismo público que se determine de manera motivada”,señala el nuevo texto. El motivo de este cambio, específican los grupos, "establecer el marco legal para la recuperación y ubicación de todos los archivos y documentación del gobierno de la dictadura".

Otra de las modificaciones al Proyecto de Ley de Memoria es la de recuperar la denominación original del Valle de los Caídos a Valle de Cuelgamuros. También se  concretan  33 títulos nobiliarios a eliminar por haber sido concedidos durante la dictadura:

1. Duque de Primo de Rivera, con Grandeza de España.

2. Duque de Calvo Sotelo, con Grandeza de España.

3. Duque de Mola, con Grandeza de España.

4. Conde del Alcázar de Toledo, con Grandeza de España.

5. Conde de Labajos.

6. Marqués de Dávila y la Grandeza de España que se le une.

7. Marqués de Saliquet.

8. Marqués de Queipo de Llano.

9. Marqués de Alborán.

10. Conde del Jarama.

11. Marqués de Varela de San Fernando.

12. Conde de Benjumea.

13. Marqués de Somosierra.

14. Grandeza de España otorgada al conde de Rodezno.

15. Marqués de San Leonardo de Yagüe.

16. Conde de la Cierva.

17. Marqués de Vigón.

18. Conde de Fenosa.

19. Conde del Castillo de la Mota.

20. Marqués de Suanzes.

21. Marqués de Kindelán.

22. Conde de Pallasar.

23. Marqués de Casa Cervera.

24. Conde de Martín Moreno.

25. Marqués de Bilbao Eguía.

26. Grandeza de España a D. Fernando Suárez de Tangil y de Angulo

27. Conde de Bau.

28. Duque de Carrero Blanco, con Grandeza de España.

29. Señorío de Meirás, con Grandeza España.

30. Duque de Franco, con Grandeza de España.

31. Marqués de Arias Navarro, con Grandeza de España.

32. Conde de Rodríguez de Valcárcel.

33. Conde de Iturmendi

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