Economia y negocios

¿Qué y cómo se puede recoger en el campo?

Todo en el campo tiene un dueño aunque haya surgido de manera espontánea como las setas o los espárragos

Cadena SER

Ciudad Real

Seguramente muchos de ustedes hayan salido en alguna ocasión al campo, muchas veces en familia, a buscar setas, espárragos trigueros y otros productos que nos da la naturaleza, pero ¿saben que tienen dueño? Les explicamos cómo, cuándo y de qué manera pueden recolectar correctamente:

Lo primero es que todo en el campo tiene un dueño, aunque esté en el campo y haya surgido de manera espontánea como es el caso de las setas. Si la finca es privada será el propietario del terreno y en el caso de monte público la administración pertinente, y evidentemente son éstos los que regulan la recogida, según ha explicado en la Cadena SER, Alfredo Noya, coordinador provincial  de agentes forestales en Ciudad Real.

En el caso de las setas conviene recordar que como norma general no se pueden recoger más de 5 kilos o un volumen aparente de 10 litros, tienen que tener un diámetro y utilizar unos utensilios determinados, como una navaja y una cesta que permita esparcir las esporas, además de los que diga la administración de la que dependa, generalmente el ayuntamiento.

Otros productos que nos da la tierra como espárragos trigueros, castañas, moras, aunque no tienen una regulación específica se aplica la norma general sobre la propiedad, añade el agente medioambiental Jesús Piña.

Si los propietarios de los terrenos no quieren que se realicen estas prácticas, deberán indicarlo con carteles.

También hay que tener cuidado con otras plantas, que tradicionalmente se han recogido en el campo. Es el caso, por ejemplo, de las aromáticas como tomillo, romero, orégano y por supuesto y de manera especial las que están protegidas y más si se encuentran en espacios con una regulación más estricta como parques nacionales o naturales.

En general no se pueden realizar prácticas lesivas para el terreno como remover el suelo o usar herramientas de recogida masiva y que sirvan para alterar la superficie como azadas, palas o rastrillos. Además se deberá dejar el suelo como estaba.

Evidentemente esta reglamentación se refiere a los productos que salen de manera espontánea o natural y no a los cultivos. Cabe mencionar también que en el caso de árboles y plantas frutales aunque se salgan del perímetro y se metan en otra propiedad o el arcén, siguen siendo del dueño del árbol y no se puede recolectar libremente.

Agustín Cacho Borrás

Agustín Cacho Borrás

Redactor de contenidos en SER Ciudad Real con especial atención al entorno rural y el sector agroalimentario....

 
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