Indignación por los 50 euros de multa a quien llegue 15 minutos tarde a un restaurante con estrella Michelin: "Es ilegal"
La cuenta 'Soy Camarero' ha difundido una circular en la que figuran varias ilegalidades
La circular interna sobre propinas de un restaurante con estrella Michelin difundida por la cuenta de Twitter 'Soy Camarero'.
Madrid
La cuenta Soy Camarero se ha convertido, tuit a tuit, en la principal plataforma de denuncia sobre precariedad y abusos laborales en el sector de la hostelería. Jesús Soriano ha difundido cientos de ejemplos —a cuál más chusco y vergonzoso— en los que profesionales y empresarios dejan claro (por lo que se dicen) que las condiciones de trabajo en muchos bares y restaurantes españoles siguen dejando mucho que desear. Pero, aunque los pantallazos se limitan a mostrar el pecado (y no el pecador), a menudo da la sensación de que sus protagonistas se mueven en negocios de gama media o media-baja. Es decir, establecimientos del montón.
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La última publicación de Soy Camarero, sin embargo, afecta a un restaurante con estrella Michelin. Una distinción gastronómica a la que, supuestamente, solo accede la élite de la profesión. Una vez más, desconocemos de qué lugar se trata (en España, actualmente, hay 203 establecimientos reconocidos con una estrella), pero la información revelada por esta célebre cuenta de Twitter pone de manifiesto que, tras las delicias que llegan a la mesa, hay una gestión interna deficiente (e ilegal).
El documento publicado por Soy Camarero es una suerte de circular sobre "Propinas" en las que se informa al personal de que, tras una reunión en la que han participado los chefs, los maitres y la dirección, estas pasan a cobrarse por parte de "todo el mundo por igual", en vez de "por el baremo de puntos". Hasta ahí, todo bien.
Pero en la circular aparecen otras consideraciones. Por un lado, se vincula el nuevo reparto de propinas a "una mayor implicación" que implicará, a su entender, que cuando a un trabajador se le pida que ha de quedarse por algún motivo [alargando su jornada, se entiende], la respuesta sea "siempre afirmativa". A quien falte a trabajar sin baja médica, por su parte, no se le pagará la propina y se le descontará "un día de vacaciones".
50 euros por llegar 15 minutos tarde
El texto también incide en aspectos como el vestuario ("camisas mal planchadas") o el aseo personal ("personal masculino sin afeitar"). Pero lo más llamativo quizá sea el sistema de sanciones con el que pretenden solventar los problemas de puntualidad ("con el consecuente perjuicio para los compañeros"): llegar tarde 5, 10 o más de 15 minutos supondrán una multa de 10, 20 o 50 euros, respectivamente.
"Creemos que es la mejor manera para terminar con la impunidad de llegar tarde a trabajar y que no implique sanción alguna", se lee en el documento. Y, efectivamente, puede que sea una práctica realmente eficaz. El problema es que también es ilegal.
"La empresa puede sancionar al trabajador, pero no con lo que en el Estatuto de los Trabajadores se denomina como multas de haber. No se le puede poner una sanción económica", asegura María José Díaz Luque, portavoz de la Unión Progresista de Inspectores de Trabajo (UPIT). "Si un trabajador incurre en retrasos, la sanción puede ser un apercebimiento verbal o por escrito, una amonestación, una suspensión de empleo y sueldo de más o menos días, o incluso el despido. Pero nunca se puede sancionar a un trabajador con una multa económica".
El propio Jesús Soriano ha publicado su opinión al respecto en Twitter: "Antes de otorgar una estrella Michelin, deberían también estar seguros de que el equipo tiene unas condiciones dignas y que se les respeta todos sus derechos, eso sería una estrella de verdad, saber que vas a comer muy bien y estar seguro de que el equipo no está explotado y está feliz".
Sorprende que lo pongan "por escrito"
Díaz Luque también considera incorrecta la medida referente al descuento de días de vacaciones: "A quien no vaya a trabajar un día sin causa justificada, sin baja médica y sin haber solicitado permiso, se le puede descontar [la parte proporcional del sueldo por] ese día porque el trabajador ha incumplido con su parte. Pero no se le puede sancionar con un día de vacaciones".
Respecto a si se le puede exigir a un trabajador que alargue su jornada, la portavoz de UPIT explica que si el trabajador está contratado a jornada completa, se le puede pedir que haga horas extraordinarias, siempre de forma voluntaria, si luego se le pagan o se le compensan —en un plazo de cuatro meses— con descanso. Si está contratado a tiempo parcial, sin embargo, será necesario "un anexo a su contrato de trabajo con un pacto de horas complementarias, con los límites que establece la normativa".
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Lo que más le sorprende a Díaz Luque, de todas formas, es que los responsables del restaurante hayan "puesto por escrito" todo eso. "Sobre todo lo de las sanciones por escrito".
En Twitter, de hecho, muchos usuarios han bromeado con el asunto, proponiendo complementos salariales por exceso de jornada equivalentes a los de las sanciones por impuntualidad. "O sea, si llegas tarde te quito pasta, pero si te digo que te quedes más rato, te quedas sin rechistar porque, si no, no hay propina (lo de cobrar la hora extra… ya tal)", señala una usuaria de Twitter en los comentarios.
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Carlos G. Cano
Periodista de Barcelona especializado en gastronomía...Periodista de Barcelona especializado en gastronomía y música. Responsable de 'Gastro SER' y parte del equipo de 'Fuego y Chinchetas'. Licenciado en Periodismo por la Universitat Pompeu Fabra y Máster de Periodismo UAM-El País. Antes fui enfermero y 'free lance' en El Salvador.