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Sociedad | Actualidad
Caso Fabra

Los tribunales confirman la veracidad de las informaciones de la SER sobre el 'caso Fabra'

La Audiencia Provincial de Catellón ha confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia a favor de la Cadena SER y sus profesionales

Madrid

Nuevo revés judicial para el presidente de la Diputación Provincial y del PP de Castellón, Carlos Fabra. La Audiencia Provincial ratifica la sentencia dictada en primera instancia contra Fabra y confirma punto por punto la veracidad de las informaciones emitidas por la Cadena SER. El fallo desestima la demanda interpuesta por el presidente de la Diputación de Castellón contra la SER y algunos de sus profesionales, obligando además al político popular a pagar las costas del proceso.

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La sentencia subraya, una vez más, la veracidad de las informaciones emitidas por la Cadena SER, su interés general y su relevancia pública, cuestionada por Carlos Fabra. Dice textualmente que la relavancia pública "es evidente cuando se están siguiendo uno o varios procedimientos penales contra un personaje público que ocupa el cargo de presidente de una diputación provincial".

El origen de la demanda está en la entrevista que Carlos Llamas realizó en el programa Hora 25 al empresario Vicente Vilar, en diciembre de 2003. El Presidente de la Diputación de Castellón entendió que se había atentado contra su derecho al honor.

'Hora 25' no atentó contra el honor de Fabra

La sentencia de la Audiencia de Castellón sostiene, sin embargo, que la Cadena SER invitó al dirigente popular "proponiéndole expresamente entrar en la entrevista, a lo que él se negó", tal y como admitió el propio Fabra en el juicio que se celebró en primera instancia. Además, concluye, "el entrevistador se limita a preguntar al Sr Vilar sobre el contenido de las querellas y de sus relaciones con el Sr Fabra, siendo el empresario acusador quien iba contestando, sin que por el periodista se realizara añadido o comentario alguno que pudiera ser atentatorio al honor"

Sobre las múltiples informaciones que siguieron a esta entrevista, relacionadas con el patrimonio de Carlos Fabra y su mezcla continua de política e intereses privados, la Audiencia de Castellón también respalda la veracidad de las mismas.

No hubo "información inveraz"

Respecto al patrimonio de Fabra dice literalmente la sentencia que "es cierto que tanto él como su esposa, que compareció como testigo en el juicio, reconocieron la existencia de varias adquisiciones de bienes en los últimos años. Si bien añadieron que parte de ellos están hipotecados, y que al menos dos vehículos, un Mercedes y un Jaguar, así como un chalet ubicado en una zona residencial de Madrid se atribuyen a Fabra cuando no constan a su nombre y sí al de la empresa Carmacas".

"Este hecho -sigue la sentencia- debe calificarse de inexactitud y no de información inveraz, ya que en aquel momento, como el mismo Sr. Fabra reconoció en el juicio, él era el propietario de 90 de las 100 participaciones esta empresa, por lo que indirectamente, dichos bienes también eran de su propiedad"

 
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