Sociedad
CASO GÜRTEL

Correa sentará en el banquillo a Garzón

El Supremo ve motivos para juzgar a Garzón por las escuchas ilegales del 'caso Gurtel'

El Supremo rechaza las pruebas solicitadas por Garzón para defenderse de la querella por su investigación del caso 'Gürtel'EFE

Madrid

El Tribunal Supremo aprecia indicios de delito contra el juez de la Audiencia Nacional por haber autorizado las escuchas abogado-cliente en prisión durante la investigación del caso de corrupción que salpica al PP. Garzón tiene tres causas abiertas en el Supremo, ninguna de ellas cuenta con el apoyo de la Fiscalía.

El juez del Tribunal Supremo Alberto Jorge Barreiro ha dictado auto de transformación de procedimiento contra Baltasar Garzón en la causa que hay abierta contra él por haber autorizado las escuchas en prisión entre los detenidos del caso Gürtel y algunos letrados.

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El Alto Tribunal ve indicios de los delitos de prevaricación y contra las garantías constitucionales y da un plazo de 10 días a las partes para que soliciten la apertura de juicio oral y formulen su acusación o pidan el archivo de la causa. La defensa de Garzón ya ha solicitado diligencias de prueba, entre ellas, la declaración del juez Antonio Pedreira que investiga la rama principal del caso Gürtel.

La intervención de estas comunicaciones fue acordada por el juez de la Audiencia Nacional después de que la investigación detectara movimientos en las cuentas bancarias de los implicados cuando se encontraban en prisión. Estas escuchas revelaron que los primeros abogados de los cabecillas de la trama estaban moviendo el dinero.

Cuando estos letrados fueron relevados de sus funciones, las escuchas se mantuvieron y los nuevos abogados se querellaron contra Garzón, entre ellos la defensa del presunto cabecilla de la trama Francisco Correa.

<a name="despiece1"></a>Los argumentos del Supremo: Un estatus procesal anterior al Estado de Derecho

- Baltasar Garzón "con sus resoluciones vació de contenido el derecho de defensa, retrotrayéndonos a un estatus procesal anterior al Estado de Derecho" - El juez intervino las comunicaciones abogado - cliente basándose "en la mera posibilidad de que los abogados colaboraran con sus clientes blanqueando el dinero obtenido con las presuntas actividades delictivas" - "Resulta mucho más alarmante que esta medida limitadora de los derechos fundamentales se acuerde con respecto a todos los letrados que pudieran contactar con los imputados" - "Esa forma concluyente y omnicomprensiva en que se limitó el derecho de defensa conducía sin escapatoria alguna a la irremediable laminación del derecho de defensa" - Sobre el secreto profesional señala el auto que "si se autoriza la intervención y grabación de las conversación se genera un clima general de desconfianza que mutila de plano el ejercicio de la profesión y el derecho de defensa"

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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