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El Gobierno aprueba el proyecto de ley del nuevo código penal

El texto persigue acorralar a los corruptos y reforzar la protección de mujeres

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, durante su comparecencia esta mañana a petición propia ante la Comisión de Justicia del Congreso para dar cuenta de sus planes al frente del Ministerio(EFE)

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, durante su comparecencia esta mañana a petición propia ante la Comisión de Justicia del Congreso para dar cuenta de sus planes al frente del Ministerio

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al proyecto de ley del futuro código penal que endurece los delitos de corrupción y los que se cometan sobre mujeres, menores y personas de especial vulnerabilidad. El proyecto de código penal más duro de la democracia tiene ahora que pasar el trámite parlamentario.

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El proyecto de ley del futuro código penal ya ha echado a andar. El Consejo de Ministros ha aprobado el texto que ahora remitirá a las Cortes. El nuevo código penal endurece las penas en los casos de multireincidencia y crimen organizado. Se incorporan tipos delictivos vinculados a la corrupción que estaban fuera del actual código penal, se castigam con hasta seis años de cárcel los delitos más graves de piratería y se refuerza la protección de mujeres, menores y personas especialmente vulnerables. En este apartado se tipifican nuevos delitos como el matrimonio forzado, el hostigamiento mediante llamadas o seguimientos y la divulgación de imágenes íntimas. La edad mínima para mantener relaciones sexuales se eleva a los 16 años, salvo que se trate relaciones consentidas entre personas de similar grado de madurez y desarrollo.

Prisión permanente revisable y libertad vigilada

El nuevo código penal incluye la pena de prisión indefinida que viene avalada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y que se reserva para los delitos más graves. Homicidios terroristas, contra el rey, el príncipe o mandatarios extranjeros, genocidio, crímenes de lesa humanidad y los asesinatos agravados, por ejemplo, los cometidos sobre menores o después de una agresión sexual. En estos supuestos se impondrá una pena de entre 25 y 35 años y el reo conseguirá la libertad solo si reúne los requisitos para ello.

Otro aspecto polémico es el de la libertad vigilada que amplía el abanico de supuestos sujetos a su aplicación. Se debe imponer en sentencia judicial con una duración de tres a cinco años y en caso de delitos sexuales podrá prorrogarse.

En último lugar, aumentan los supuestos de asesinato. A los ya conocidos de premeditación, alevosía y ensañamiento se suman los casos en los que el homicidio se cometa para facilitar otro delito o para evitar ser descubierto. También habrá homicidio agravado cuando la víctima sea menor de 16 años, una persona especialmente vulnerable, autoridad o funcionario público en ejercicio de sus funciones y cuando esté presente un móvil sexual.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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