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Consulta 9-N

El Tribunal de Cuentas condena a Artur Mas a pagar 4,9 millones por el 9-N

El tribunal considera responsable al expresidente de la Generalitat de Cataluña y a los otros nueve demandados del daño causado a las arcas públicas con la consulta del 9N de 2014 y les condena a reintegrar el dinero

Afirma que los condenados actuaron con "dolo y negligencia" y que su comportamiento "no es excusable"

La defensa tacha el fallo de "aberración jurídica" y anuncia su recurso

El Tribunal de Cuentas condena a Artur Mas a pagar 4,9 millones por la consulta del 9-N

Madrid

El Tribunal de Cuentas ha condenado al expresidente de la Generalitat de Cataluña, Artur Mas y a los otros nueve demandados, por la organización de la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014, a reingresar a las arcas autonómicas algo más de 4,9 millones de euros.

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Los magistrados les condena como "responsables contables directos" al pago de esta cantidad de forma conjunta y solidaria, aunque otorgan la principal culpa al expresidente Mas, que tendría que afrontar el desembolso de aquellas cantidades que no puedan abonar el resto.

Para el Tribunal de Cuentas los demandados actuaron con "dolo y negligencia". Disponían de "todos los elementos de juicio necesarios", para saber que la consulta y el proceso de participación del 9N "eran ilegales", por lo que "no es excusable" su comportamiento, y procede condenarles como responsables contables directos de los daños causados a las arcas de la Generalitat.

El tribunal también reprocha a Mas y los otros 9 condenados que llevaran a cabo una "estrategia de enmascaramiento de los mecanismos jurídicos, ante sus actuaciones ilegales". La defensa de los condenados califica la sentencia como una "aberración jurídica". Afirma que pretende ser un "escarmiento" y está “lejos de la imparcialidad” y anuncian un recurso.

A los condenados les quedan dos posibilidades para recurrir. La primera es ante la Sala de Justicia del propio Tribunal de Cuentas, donde la sentencia será revisada por los mismos magistrados que han firmado la condena, excepto el redactor del texto. La segunda es ante el Tribunal Supremo.

 
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