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El Supremo confirma la condena de dos etarras por el intento de asesinato de un edil

La Audiencia Nacional les condenó a veinte años de cárcel por el intento de asesinato de un edil del PSE en 2001

El Supremo ha confirmado la condena de veinte años de cárcel que la Audiencia Nacional impuso a los etarras del 'comando Bolueta' Ángel López Anta y Xabier Zabalo Beitia por el intento de asesinato de un concejal del PSE en 2001. No ha recurrido la condena Francisco Javier García Gaztelu 'Txapote', que planeó el atentado e instruyó a los terroristas en el uso de las armas.

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El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de veinte años de cárcel que tendrán que cumplir dos miembros del 'comando Bolueta' por intentar asesinar a un concejal del Partido Socialista de Euskadi en enero de 2001. Los condenados, los etarras Ángel López Anta y Xabier Zabalo Beitia, prepararon el asesinato del edil con un coche bomba cargado con sesenta kilos de explosivo de nitrato amónico. El atentado, en cuya preparación también participó el etarra Francisco Javier García Gaztelu 'Txapote', no llegó a consumarse ya que el explosivo fue desactivado por los miembros de las fuerzas de seguridad en el Paseo del Puerto de Getxo, en Bilbao.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó a los tres etarras a penas de veinte años de prisión por delitos de conspiración de asesinato terrorista y estragos, absolviéndoles de pertenencia a banda armada por haber sido ya condenados por este mismo delito en otras ocasiones. Es ahora el Tribunal Supremo quien confirma esta sentencia en el caso de López Anta y Zabalo Beitia, rechazando los recursos de su defensa. El otro acusado, 'Txapote', no recurrió esta sentencia de la Audiencia Nacional.

"Esa forma de razonar ofende el sentido común"

En esta sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio del Moral, se dan por "sobradamente probados" los hechos de los que se acusa a los dos etarras. En su recurso, la defensa de Xabier Zabalo llega a alegar que "se limitó a preparar el coche bomba, sin saber qué fin se le iba a dar", un razonamiento que el alto tribunal define como "ofensivo para el sentido común". Señala la sentencia que quien está integrado en ETA y recibe el encargo de preparar un coche-bomba "necesariamente tiene que saber que se pretende situar el coche en lugar público y que es más que probable que se busque no sólo causar destrozos de bienes sino también la muerte de personas".

 
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