El Tribunal Constitucional alemán amplía los derechos de adopción de los homosexuales
A partir de esta sentencia, se reconoce la igualdad entre parejas alemanas homosexuales y heterosexuales en materia de adopción
El Tribunal de Karlsruhe ha emitido un fallo que permitirá a los homosexuales ejercer la adopción sucesiva, es decir, posibilita que un miembro de la pareja gay o lesbiana pueda adoptar legalmente al hijo adoptivo de su pareja. Este derecho estaba anteriormente reservado a los matrimonios heterosexuales y a los homosexuales sólo se les permitía adoptar al hijo de su pareja en el caso de que fuese biológico.
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El Tribunal Constitucional alemán ha declarado inconstitucional la restricción al derecho de adopción por parte de matrimonios homosexuales, quienes hasta el momento solo podían adoptar al hijo o hijos de su pareja en caso de que fuesen biológicos pero no en el caso de que fuesen adoptados. Esta limitación, sin embargo, no afectaba a las parejas heterosexuales que, una vez casadas, sí podían convertirse en padres de menores que anteriormente habían sido adoptados por sus parejas.
La decisión supone todo un avance ya que anteriormente sólo uno de los miembros de una pareja homosexual podía adoptar al menor y, por tanto, en caso de separación o fallecimiento no se reconocía la tutela del niño por parte del otro.
El Tribunal de Karlsruhe ha emitido el fallo esta mañana al considerar que se estaba violando el derecho a la igualdad. Antes de que la decisión fuese conocida, los Verdes habían anunciado la presentación de un proyecto de ley para ser votado en el Bundestag. Se trataría de un proyecto que contemplaría igualdad de condiciones para homosexuales y heterosexuales a la hora de adoptar a un niño dentro de la pareja, según informa el diario Neuen Osnabrücker Zeitung.
El matrimonio homosexual en Alemania consiste en inscribirse como pareja de hecho en el registro civil, sin embargo esta unión no es en la práctica equiparable a un matrimonio heterosexual. El matrimonio entre personas del mismo sexo no cuenta, por ejemplo, con los mismos derechos en el ámbito fiscal que un matrimonio heterosexual.