Un año de cárcel por tuitear "Arriba GRAPO, Al-Qaeda y ETA :D"
La Audiencia Nacional ha condenado a un joven por varios tuits atribuyéndole un delito de enaltecimiento del terrorismo
Evidencia su disparidad de criterios con un voto particular pidiendo absolución y el tribunal informando a favor del indulto
Madrid
La Audiencia Nacional ha decidido imponer un año de cárcel a un joven por escribir varios mensajes como “Arriba GRAPO, Al-Qaeda y ETA :D” en su cuenta de Twitter de cien seguidores. Los jueces le atribuyen un delito de enaltecimiento del terrorismo en un nuevo caso que evidencia la división de opiniones en la Audiencia Nacional: la condena, que ya ha sido recurrida, cuenta con un voto particular de la magistrada Clara Bayarri pidiendo la absolución.
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El joven, uno de los más de setenta detenidos en la conocida como ‘operación Araña’, se sentó en el banquillo de la Audiencia Nacional el pasado mes de septiembre por hacer chistes sobre Irene Villa, víctima de ETA, y escribir cosas como “Ostias también quiero que vuelva ETA y la GESTAPO. Me estoy ganando más cárcel, ¿no?", “Que vuelva GRAPO y le peguen un tiro a Rajoy en la nu..." o “Arriba Grapo, Al-Qaeda y ETA :D". El Fiscal Carlos Bautista había solicitado un año de cárcel para este joven.
Las dos juezas y el juez de la sección tercera de lo penal ha optado por imponerle un año de cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo con una de ellas votando en contra y pidiendo la absolución. Sus tuits, dice la sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER, "alientan el retorno del GRAPO como vía para atentar contra una persona", refiriéndose a Mariano Rajoy, y en este caso se genera el riesgo que exige el Código Penal para condenar: Existe "una cópula entre el retorno del GRAPO y la acción de pegar un tiro en la nuca a una persona, se predica del grupo terrorista que es necesario", destaca.
Sobre el posible ensalzamiento del terrorismo de Al-Qaeda, la sentencia recuerda que "es todavía un grupo de actualidad que materializa ideas a través de la violencia" y que "supone objetivamente una loa por adhesión a una siglas terroristas, y no cabe valorar el comentario como el chiste fácil" y no puede ser absuelto con los mismos argumentos con los que el Tribunal Supremo, cita, absolvió a Cassandra Vera en marzo.
- SENTENCIA RECURRIDA
Indulto y voto particular
La condena de este usuario de Twitter ha llegado, una vez más, sin unanimidad por parte de los magistrados, teniendo un voto particular contrario de la magistrada Clara Bayarri: la magistrada entiende que "la sentencia debió ser absolutoria" y que los 'tuits' están amparados por la libertad de expresión. Este joven, razona la magistrada, no tiene "relevancia social , personal, cultural o mediática como para constituirse en un referente e influir en personas que puedan acceder a sus mensajes" que dice, no generan "riesgo alguno".
El propio tribunal ha decidido informar a favor de una posible petición de indulto "para reducir las consecuencias graves de la pena" y "valorando el pequeño número de comentarios que se han considerado delictivos". La condena incluye siete años de inhabilitación absoluta.
Cambios recientes
La sentencia llega en pleno proceso evolutivo de las condenas y procesos judiciales por enaltecer el terrorismo en las redes sociales. La recién estrenada sala de apelaciones - frente a la que ha sido recurrida esta sentencia - ha optado en los últimos meses por rebajar condenas en casos similares a éste, un criterio al que la Fiscalía ha decidido allanarse al no recurrir sus resoluciones. La propia Fiscal General del Estado, María José Segarra, aboga en la última memoria del Ministerio Público por evitar las penas de prisión en estos casos.
En la última semana, además, el Congreso ha dado los primeros pasos para despenalizar algunas conductas como las ofensas religiosas o las injurias a la Corona: la norma, impulsada por Izquierda Unida desde Unidos Podemos, también busca evitar que el enaltecimiento del terrorismo pueda aplicarse a usuarios de Twitter.