El Tribunal Supremo suspende cautelarmente la exhumación de Franco
Los jueces de lo contencioso-administrativo lo han acordado por unanimidad
El Supremo suspende cautelarmente la exhumación de Franco
Madrid
El cadáver de Francisco Franco no saldrá de Cuelgamuros el diez de junio. El Tribunal Supremo ha decidido por unanimidad estimar un recurso de la familia del dictador y suspender de forma cautelar el acuerdo del Consejo de Ministros que puso fecha a la exhumación de sus restos mortales para trasladarlos desde el Valle de los Caídos hasta Mingorrubio.
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La decisión de los magistrados de lo contencioso-administrativo, que llevan toda la mañana reunidos abordando este asunto, no supone una decisión sobre el fondo del asunto, sólo una adopción de medidas cautelares: una futura sentencia establecerá si la orden de exhumar los restos del dictador anunciada por Carmen Calvo en marzo cumple o no con la legalidad.
Los magistrados de la sección cuarta de lo contencioso-administrativo se han reunido con dos bajas: ni Luis María Díez-Picazo ni Segundo Menéndez han participado en las deliberaciones, dejando todo en manos de Celsa Pico, Antonio Jesús Fonseca-Herrero, José Luis Requero, Pablo María Lucas Murillo de la Cueva y Jorge Rodríguez-Zapata.
Las medidas cautelares tienen como finalidad que no resulten irreparables las consecuencias derivadas de la duración del proceso y se intenta asegurar que la futura sentencia pueda llevarse a la práctica de modo útil. Los herederos del dictador apelan al daño que se causaría si se trasladan los restos del dictador antes de que este Tribunal Supremo dicte sentencia sobre el fondo del asunto.
Julio o septiembre
Suspender provisionalmente la exhumación no prejuzga nada pero "es necesario obrar con cautela”, reconocen algunos magistrados, “para que la decisión no sea irreversible y se pierda el objetivo de la protesta " y, en consecuencia, de momento no se autoriza la exhumación y en sentencia se dará el detalle y los argumentos. Además de decidir si se levanta o se mantiene esta medida cautelar.
Antes de dictar sentencia todavía falta algunos pasos hasta resolver el proceso. Hay un periodo de solicitar pruebas y practicarlas, después elaborar las conclusiones y finalmente dictar el fallo. Los trámites, según fuentes del alto tribunal, podrían estar resueltos en el mejor de los casos hacia finales de julio o si no en septiembre.
Lugar inadecuado
Los recursos se han presentado contra el acuerdo por el que el pasado 15 de febrero el Consejo de Ministros autorizó la ejecución de la exhumación, siempre y cuando la familia del dictador accediera a elegir una ubicación distinta a la cripta de la Catedral de la Almudena para inhumar de nuevo los restos de su abuelo
El caso Polaco
El de hoy no ha sido el primer debate del Tribunal Supremo en torno a los recursos de la familia del dictador contra el proyecto de exhumación: hace unos meses ya rechazó otro recurso al entender que lo que cuestionaba la familia no era un acuerdo del Consejo de Ministros que implicase la exhumación, sino un trámite administrativo intermedio.
Fue en ese escrito en el que los jueces ya dejaron claro que los restos del dictador no dejarían Cuelgamuros sin su visto bueno. Recordaron el caso de Polonia, que fue condenada por la Justicia europea después de no dar audiencia a las familias de víctimas del accidente de avión de 2010 para llevar a cabo la exhumación de los cadáveres de los fallecidos. Un accidente de avión en el que, entre casi cien víctimas, se cobró la vida del entonces primer ministro polaco, Lech Kaczynski.
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