Tribunales
Coronavirus Covid-19

Desde el 8-M hasta las residencias de ancianos: el Supremo rechaza una causa general sobre el COVID

Exige que se investiguen posibles delitos en las muertes en residencias de ancianos, en la compra defectuosa de material y en la falta de material de protección de sanitarios y policías

Rechaza que se pueda acusar a altos cargos del Gobierno sólo por ocupar el cargo que ocupan

Manifestación del 8M (Día Internacional de la Mujer), en Barcelona a 8 de marzo de 2020 / Pau Venteo / Europa Press Pau Venteo / Europa Press

Madrid

El Tribunal Supremo ha dictado un auto de casi cien páginas en el que rechaza todas las querellas y denuncias interpuestas contra altos cargos del Gobierno central  o del ejecutivo regional de Isabel Díaz Ayuso por la gestión de la pandemia del coronavirus, pero en el que también insta a investigar los fallecimientos de ancianos en residencias o la falta de material para proteger a sanitarios.

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Para los jueces está claro que las autoridades "tienen el inexcusable deber de evitar la propagación del virus" pero "el riesgo de contagio preexistía a cualquier decisión gubernamental" y que "la calificación jurídico-penal de un hecho no puede hacerse depender de la indignación colectiva por la tragedia en la que todavía nos encontramos inmersos, ni por el legítimo desacuerdo con decisiones de gobierno que pueden considerarse desacertadas".

El 8-M feminista

Encabeza la lista de cosas que no se pueden investigar por lo penal las querellas y denuncias que acusaban a Pedro Sánchez y otros miembros del Gobierno de ocultar información sobre la pandemia y permitir que miles de personas salieran a las calles a manifestarse el 8 de marzo con el virus ya circulando por nuestro país: homicidio imprudente. "En el estado actual de la ciencia es imposible acreditar, con la certeza que exige en un proceso penal la formulación del juicio de autoría, que la persona que acudió a una de esas manifestaciones, carente de información acerca de los peligros del COVID-19, se contagió en esa reunión multitudinaria", dice el Supremo en línea con la jueza de Madrid que archivó una causa similar contra el Delegado del Gobierno en la capital. 

El delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, que llegó a estar imputado por el 8-M / Ricardo Rubio

Para el Supremo es imposible demostrar "que su contagio no se produjo antes o después, en ese o en otro lugar, a los pocos días o después de algunas semanas. No es posible afirmar que el resultado muerte o lesiones graves es imputable objetivamente a la estrategia de desinformación que se atribuye a los querellados, incluso, aunque ésta se diera por acreditada".

Investigar las residencias

El Supremo rechaza imputar a miembros del Gobierno por las muertes de miles de ancianos en residencias de la tercera edad, pero sí insta a los juzgados de primera instancia a hacerlo. Estas investigaciones "permitirán esclarecer si esos fallecimientos estuvieron asociados a decisiones políticas, administrativas o de gestión y si aquéllas son susceptibles de reproche penal. Habrá de indagarse también el origen y la autoría de resoluciones prohibitivas que impidieron que esas personas fueran trasladadas a centros sanitarios, anticipando así un prematuro estado de necesidad que, por su propia naturaleza, debía haber sido, siempre y en todo caso, un acto médico".

En los últimos meses la Fiscalía ha abierto más de 200 investigaciones por la vía penal en residencias de ancianos y hay varias decenas de juzgados de España también desarrollando sus propias pesquisas. Tal y como reveló Radio Madrid hace unos días, un juzgado de la capital por ejemplo ha imputado a la directora de una residencia.

La falta de material

Los jueces del Supremo también instan a los juzgados ordinarios a investigar, como ya hacen algunos, si hubo delito a la hora de proprocionar insuficiente material de protección a sanitarios y policías, un hecho reconocido por la propia sala de lo contencioso del mismo Tribunal. Nuevamente, dice el Supremo, no se trata de abrir una causa contra el Gobierno, tampoco contra los ejecutivos regionales: que las medidas sean "ineficaces o contraproducentes, no convierte al responsable político en responsable penal".

Para el Supremo, será necesario investigar qué autoridades eran las legalmente obligadas a hacerlo y si "omitieron de forma consciente o negligente su deber de actuar".

Compras fallidas de material

El Supremo también deja la puerta abierta a investigar las compras fallidas de material sanitario y de prevención, aunque no se pueda responsabilizar a los ministros del Gobierno. "Podrá así esclarecerse si las adquisiciones impuestas por la pandemia -con el marco jurídico de excepcionalidad definido por su gravedad- se ajustaron a las exigencias y garantías impuestas por la contratación administrativa, excluyendo así cualquier sospecha de favorecimiento propio o de terceros".

Los sentimientos religiosos

El Supremo también rechaza de plano varias querellas interpuestas por los Abogados Cristianos o por la asociación ultracatólica HazteOír. En el caso de la segunda, atribuía al Gobierno delitos contra los sentimientos religiosos y el Supremo zanja que "la imposibilidad conceptual de subsumir los hechos relatados en cualquiera de aquellos tipos penales exonera a la Sala de extenderse en la argumentación que justifica su rechazo".

Las cifras de fallecidos

Varias querellas también atribuyen a la cúpula del Gobierno un delito de falsedad en documento público por las cifras oficiales de muertos por COVID-19 ofrecidas por las autoridades, acusándoles de ocultar una parte. La sala de lo penal asegura que "el desacuerdo o la discrepancia sobre los datos y cifras que el Gobierno facilitó sobre la pandemia no puede amparar la imputación de un delito de falsedad en documento público".

El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES), Fernando Simón, ofrece una rueda de prensa para informar sobre la evolución de la pandemia de coronavirus / EUROPA PRESS/J. Hellín. POOL - E

Lo mismo sucede con los componentes del "comité de expertos", hecho denunciado por el abogado murciano José Luis Mazón. "En cuanto a la negativa del Gobierno de facilitar el nombre de los expertos de sanidad que le asesoran, tampoco expresa el querellante indicio alguno de criminalidad, que no puede derivarse sin más de la supuesta infracción de normas de carácter administrativo", asegura el Supremo.

 
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