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El Tribunal Supremo reconoce el derecho de las prostitutas a formar sindicatos

Recuerda que, en cualquier caso, "la celebración de un contrato de trabajo cuyo objeto sea la prostitución por cuenta ajena, debe reputarse nulo" Explica que "las personas que desarrollan trabajos sexuales a las que se refiere el procedimiento gozan del derecho fundamental a la libertad sindical y tienen derecho a sindicarse, así como que dentro del ámbito funcional de los Estatutos no tienen cabida las relaciones laborales que tengan por objeto la prostitución por cuenta ajena"

02/06/2021 - 02:21

Alberto Pozas

Madrid

 
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