El FROB liquidará los bancos inviables
El Gobierno aprobará esta nueva medida este viernes vía real decreto ley
El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) se encargará de la liquidación de entidades financieras inviables y podrá requerir el cese y sustitución de gestores de bancos para evitar su deterioro. Aunque estas nuevas medidas no serán aprobadas por el Gobierno hasta este viernes, ya figura en el borrador de un real decreto ley.
Según este punto de vista, se considerará inviable una entidad financiera si es "razonablemente previsible que en un futuro próximo" vaya a incumplir de forma significativa los requisitos de solvencia. En otras palabras, que sus pasivos superen a sus activos, o que no pueda cumplir puntualmente con sus obligaciones exigibles.
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En el caso de que entiendan que una entidad es inviable, hasta el punto que ya no se contemple la posibilidad de reestructurarla, el Banco de España dará cuenta a las autoridades españolas y europeas. En este momento, el FROB podrá abrir un proceso de resolución o, directamente, un proceso concursal.
El FROB podrá proceder a la venta de la entidad o de partes de la misma, incluso en contra de la voluntad de sus accionistas o de terceros ajenos al comprador, y sin tener que cumplir los procedimientos exigidos en materia de cambios estructurales de las sociedades mercantiles.
El nuevo comprador será elegido vía subasta con el fin de no favorecer a ningún aspirante y de maximizar el precio de venta. No se podrán eludir ambos requisitos si "existe una seria amenaza para la estabilidad del sistema financiero".
'Banco puente' y 'banco malo'
No es la única medida novedosa que viene ligada al real decreto ley que el Gobierno aprobará este viernes. La norma recoge también la creación de un 'banco puente' al que el FROB podrá trasmitir los activos de la entidad en cuestión que esté bajo su administración para maximizar el precio de venta de estos, o a una entidad de gestión de activos, el conocido como 'banco malo', en la que el organismo tenga una participación.
Asimismo, la norma contempla también el apoyo financiero del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) y del propio FROB a través de garantías o de la concesión de préstamos. Una vez realizada la venta de la entidad, ésta se disolverá y liquidará